Tribunal Administrativo de Boyacá confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente oficial
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:53:16
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, mediante sentencia proferida el 25 de marzo de 2026, conoció el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del 16 de diciembre de 2024 del Juzgado 6° Administrativo de Tunja, que accedió parcialmente a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una docente oficial contra el Ministerio de Educación Nacional, el FOMAG, la Secretaría de Educación de Boyacá y la Fiduprevisora. La demanda se originó por la negativa tácita –acto ficto negativo– de reconocimiento y pago de la sanción moratoria derivada del pago tardío de cesantías parciales.
Antecedentes de la demanda
La docente solicitó el 20 de abril de 2021 el reconocimiento y pago de sus cesantías. La Secretaría de Educación de Boyacá expidió la resolución favorable el 11 de mayo de 2021, pero notificó de forma extemporánea. A partir de la notificación, la Fiduprevisora tenía 45 días hábiles para efectuar el pago, plazo que venció el 3 de agosto de 2021. Sin embargo, el desembolso se realizó hasta el 21 de octubre de 2021. Ante la demora, la solicitante pidió el 1 de septiembre de 2021 el reconocimiento y pago de la sanción moratoria, sin respuesta favorable, configurándose el silencio administrativo negativo el 2 de diciembre de 2021. Por ello, interpuso demanda solicitando la nulidad del acto ficto y el pago de la sanción moratoria conforme a la Ley 1071 de 2006 y sus actualizaciones.
Las entidades demandadas, en sus contestaciones, cuestionaron la legitimidad para demandar del FOMAG y atribuyeron la responsabilidad del pago de la sanción...
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