Tribunal Administrativo de Boyacá confirma carácter salarial integral de la bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:23
Providencia y tribunal
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, mediante auto de 26 de marzo de 2026, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del 28 de agosto de 2025 del Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito de Tunja. La decisión confirma el fallo que accedió a la demanda de reconocimiento y pago integral de la bonificación judicial a un servidor público vinculado a la Rama Judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la demanda presentada por un servidor judicial que, vinculado desde marzo de 2022, solicitó la inclusión de la bonificación judicial, creada por el Decreto 383 de 2013, dentro del salario para efectos de liquidación de todas sus prestaciones sociales, no solo para la base de cotización a pensiones y salud como lo establece la regulación actual. Se reclamó además la nulidad del acto administrativo que negó esta inclusión y el pago retroactivo correspondiente.
La entidad demandada, representando la Rama Judicial, se opuso argumentando que la facultad para fijar el régimen salarial y prestacional corresponde exclusivamente al Congreso y al Gobierno Nacional, bajo el marco legal vigente, y que existe imposibilidad presupuestal para acceder a las pretensiones.
El juzgado de primera instancia declaró la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la expresión normativa que limitaba el carácter salarial de la bonificación judicial, ordenó la reliquidación y pago de las prestaciones sociales correspondientes desde la fecha de vinculación, y rechazó las excepciones planteadas por la entidad demandada.
Consideraciones jurídicas
La Sala de Decisión afirmó que la bonificación judicial, al ser un pago habitual y periódico en contraprestación por el servicio, reviste naturaleza...
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