Tribunal Administrativo de Boyacá confirma designación en cargo de Jefe de Control Interno en hospital público
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:21
Contexto y antecedentes del caso
La Sala de Decisión No. 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja, que en primera instancia negó las pretensiones de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue promovida contra el Departamento de Boyacá, cuestionando la legalidad del Decreto que designó al cargo de Jefe de Control Interno de la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja para el período 2018-2021.
El actor solicitó declarar la nulidad del acto administrativo y su restablecimiento en el cargo cuestionado, alegando que la persona designada no cumplía con los requisitos legales, principalmente en cuanto a la experiencia profesional exigida. En primera instancia, se reconoció la legalidad del acto administrativo y se negó la demanda.
Fundamentos jurídicos y análisis de la providencia
El proceso se centró en determinar si la designada cumplía con el requisito mínimo de experiencia profesional en asuntos de control interno, establecido en el parágrafo 1º del artículo 8 de la Ley 1474 de 2011, para ser válida su designación como Jefe de Control Interno.
El Tribunal recordó que el control interno es un sistema transversal en la administración pública, regulado por la Constitución Política y desarrollado en la Ley 87 de 1993. La Ley 1474 de 2011 fortaleció los requisitos para los responsables de estas funciones, exigiendo formación profesional y experiencia mínima de tres años en control interno.
Se enfatizó que la experiencia requerida debe ser profesional y relacionada funcionalmente con las labores del cargo, no limitándose exclusivamente a la experiencia...
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