Tribunal Administrativo de Boyacá confirma naturaleza salarial plena de la bonificación judicial en liquidación de prestaciones sociales
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:53:15
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue proferida por la Sala de Decisión Tercera del Tribunal Administrativo de Boyacá en calidad de segunda instancia, dentro de un proceso contencioso administrativo laboral. El recurso de apelación fue interpuesto por la entidad demandada contra la decisión inicial del Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demandante.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, vinculada desde 1994 a la Fiscalía General de la Nación, solicitó la reliquidación y pago de sus prestaciones sociales incluyendo la bonificación judicial establecida en el Decreto 382 de 2013 como factor salarial integral. La entidad demandada negó dicha solicitud mediante actos administrativos que limitaron el carácter salarial de la bonificación exclusivamente para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La demandante impugnó esta restricción, alegando que la bonificación se paga de forma habitual y periódica como contraprestación directa del servicio, por lo que debe considerarse salario para todos los efectos laborales, incluyendo la liquidación de prestaciones sociales. Sostuvo que la exclusión vulnera derechos constitucionales y tratados internacionales, además de principios laborales como la primacía de la realidad y la igualdad. La entidad demandada defendió la restricción argumentando la competencia del Gobierno Nacional para fijar el régimen salarial y el mandato constitucional de sostenibilidad fiscal.
Consideraciones jurídicas principales
El Tribunal analizó el concepto de salario conforme a la Constitución Política, la legislación laboral, y tratados internacionales, en particular el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que forma parte del bloque de constitucionalidad en Colombia. Se...
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