Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Boyacá admite recurso de apelación contra sentencia de primera instancia

Proviene de: Sentencias

15 de mayo de 2026 20:52:7

Contexto y tribunal competente

El auto fue emitido por el Tribunal Administrativo de Boyacá, Despacho No. 4, en segunda instancia, con ponencia del magistrado encargado. La providencia resuelve sobre un recurso de apelación presentado en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en contra de una sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama.

Antecedentes del caso

El proceso se originó a partir de una demanda presentada contra un municipio de la región por una parte actora, cuyo objetivo era obtener la nulidad de un acto administrativo y el restablecimiento del derecho. El juzgado de primera instancia emitió una sentencia el 19 de noviembre de 2025, la cual fue notificada ese mismo día. Posteriormente, la parte demandante interpuso recurso de apelación el 5 de diciembre de 2025, dentro del término legal establecido.

Consideraciones jurídicas de la providencia

El tribunal analizó los requisitos de procedibilidad y oportunidad del recurso de apelación con base en los artículos 243 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en su redacción dada por los artículos 62 y 67 de la Ley 2080 de 2021. Según estos preceptos, las sentencias de primera instancia son apelables y el recurso debe ser interpuesto y sustentado ante la autoridad que dictó la providencia dentro de los diez días siguientes a su notificación. En este caso, el recurso fue presentado dentro del plazo legal y cumplió con los demás requisitos formales, por lo que el tribunal decidió admitirlo. El auto determinó que el expediente será remitido al tribunal superior para continuar con el trámite correspondiente. Asimismo, se ordenó notificar personalmente al agente del Ministerio Público delegado ante la corporación, quien podrá emitir concepto antes de que el proceso sea radicado para sentencia.

Implicaciones del auto

La admisión del recurso de apelación implica que la sentencia de primera instancia no será definitiva hasta que el tribunal de segunda instancia emita una decisión sobre el fondo del asunto. Este paso garantiza el derecho de defensa y el control judicial efectivo en la administración pública, conforme a los principios constitucionales y legales vigentes. En síntesis, el auto proferido por el Tribunal Administrativo de Boyacá reafirma el respeto a los procedimientos establecidos en el CPACA, facilitando la revisión de decisiones judiciales en materia contencioso-administrativa y asegurando la adecuada protección de los derechos de las partes involucradas en el proceso. Con esta decisión, se fortalece el sistema judicial administrativo y se promueve la transparencia y justicia en los procesos que afectan a la comunidad.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias