Tribunal Administrativo de Boyacá confirma negativa de sanción por mora en pago de cesantías a docente pública
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2026 20:51:53
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial emanó de un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de una docente pública, quien demandó a la Nación – Ministerio de Educación – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y al Departamento de Boyacá por el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el retraso en el pago de sus cesantías parciales.
La docente presentó inicialmente la solicitud de reconocimiento y pago de cesantías el 22 de abril de 2021. El acto administrativo que reconoció y ordenó el pago fue expedido el 25 de mayo de 2021, y el pago efectivo se realizó el 3 de agosto de 2021. Según la demandante, estos plazos excedieron los términos legales, lo que generó mora y por ende debía pagarse una sanción equivalente a un día de salario por cada día de retardo, amparada en la Ley 244/95 modificada por la Ley 1071/06, y la Ley 1955/19.
El juzgado de primera instancia reconoció la existencia del acto ficto negativo por silencio administrativo en la solicitud de sanción, pero negó las pretensiones de la demanda, argumentando que no se configuró mora dado que el pago se realizó dentro de los términos legales establecidos, aunque el acto administrativo de reconocimiento fue expedido fuera de término.
Consideraciones jurídicas y normativas
La Sala de Decisión analizó el caso bajo el marco normativo aplicable, especialmente lo dispuesto en la Ley 244 de 1995 y su modificación por la Ley 1071 de 2006, que establece que la entidad responsable debe expedir la resolución de...
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