La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico respondió una consulta del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio sobre la aplicación de la metodología tarifaria en proyectos de contenerización para el servicio público de aseo. En primer lugar, recordó que los conceptos emitidos tienen carácter orientativo y no vinculante.
Marco normativo y aplicación tarifaria
En cuanto al marco normativo, se refirió al artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994, que permite a las entidades de derecho público realizar aportes constitutivos en bienes o derechos para las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, siempre que estos aportes no sean remunerados vía tarifa. Sin embargo, la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 943 de 2021 no contempla costos asociados a esquemas de contenerización, ya que no existe una tecnología de referencia definida para ello dentro del modelo de costos del servicio público de aseo.
Por lo tanto, si un prestador decide implementar la recolección de residuos mediante contenerización, esta se debe considerar como una ventaja sustancial, entendida como una mejora tecnológica que se ofrece a los usuarios pero que, al ser una decisión empresarial, no puede ser cobrada a los suscriptores ni usuarios.
Descuento por modalidad de recolección y recomendaciones
Respecto a la aplicación del descuento por recolección sin servicio puerta a puerta previsto en la resolución mencionada, este solo procede cuando exista una imposibilidad operativa que impida la recolección directa en el punto de generación. Si la contenerización se implementa por decisión tecnológica sin afectar la modalidad puerta a puerta, no sería procedente aplicar el descuento. En caso contrario, si la contenerización se debe a limitaciones operativas que impiden el acceso directo, sí podría aplicarse el descuento correspondiente.
Finalmente, la Comisión recomendó que la implementación de sistemas alternativos de recolección, como contenedores o cajas de almacenamiento, debe estar precedida de una evaluación técnica que garantice la adecuada prestación del servicio y el cumplimiento normativo.
Para mayor información o asesoría en materia tarifaria, la Subdirección de Regulación está disponible para atender inquietudes de los interesados.
Este concepto clarifica la forma en que la contenerización debe ser tratada dentro de la metodología tarifaria vigente, protegiendo a los usuarios de cobros adicionales por mejoras tecnológicas decididas por las empresas prestadoras del servicio público de aseo.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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