Comisión de Regulación aclara alcance de la resolución sobre uso racional del agua en sistemas multifuente
Proviene de: Conceptos
21 de mayo de 2026 0:50:55
Alcance territorial y técnico de la Resolución CRA 1005 de 2024
La Resolución CRA 1005 de 2024 establece medidas regulatorias para promover el uso racional y eficiente del agua en contextos de escasez ocasionados por fenómenos naturales o variabilidad climática. Su ámbito de aplicación comprende a las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto en municipios y distritos donde alguna de sus fuentes de abastecimiento presente disminuciones en los niveles de precipitación.
A diferencia de la Resolución CRA 887 de 2019, que aplicaba los desincentivos al consumo a usuarios abastecidos por circuitos hidráulicos afectados, la nueva resolución define el municipio o distrito como referencia territorial para la activación de las medidas. Esto permite un seguimiento más específico y cercano a las condiciones locales del recurso hídrico.
Consideraciones para sistemas multifuente
En sistemas multifuente, donde un área de prestación del servicio puede ser atendida por múltiples fuentes que alimentan circuitos hidráulicos independientes, es posible que sectores dentro del mismo municipio presenten condiciones diferenciadas de disponibilidad hídrica. En estos casos, la implementación de las medidas puede orientarse de forma diferenciada por circuito o subsistema, siempre que sea técnicamente viable y coherente con la disponibilidad efectiva del recurso.
Cabe destacar que las excepciones a la aplicación del desincentivo al consumo han cambiado. Mientras la normativa anterior evaluaba estas excepciones con base en condiciones puntuales de la fuente, la Resolución CRA 1005 de 2024 adopta un enfoque integral que considera indicadores de vulnerabilidad y riesgo hídrico, así como la capacidad de embalses para atender la demanda hasta el próximo periodo de lluvias proyectado.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.