La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico respondió a una consulta sobre la responsabilidad legal en la proyección técnica y presupuestal de los recursos necesarios para cubrir los subsidios de aprovechamiento, así como sobre la procedencia y consecuencias del traslado parcial de estos recursos por parte de entidades facturadoras o entes territoriales.
Según el artículo 281 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos son orientaciones generales y no vinculantes para casos específicos.
Marco regulatorio y definición de subsidios
En primer lugar, se recuerda que la Comisión regula los monopolios y promueve la competencia en los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, garantizando eficiencia y calidad.
Se define el subsidio conforme al artículo 2.3.4.1.1.1 de la Ley 1077 de 2015 como la diferencia entre el pago del usuario por el consumo básico y el costo económico de referencia cuando este último es mayor. Por tanto, la existencia de subsidios requiere un usuario y consumo efectivo del servicio.
Incentivos y manejo financiero
Respecto al incentivo al aprovechamiento y tratamiento de residuos sólidos (IAT), reglamentado parcialmente en el Decreto 802 de 2022, se establece que el valor es un porcentaje del salario mínimo legal mensual vigente por tonelada de residuos no aprovechables y que su facturación corresponde al prestador de recolección y transporte de residuos no aprovechables. Además, los municipios y distritos deben disponer de una cuenta exclusiva para estos recursos, con manejo financiero y registro contable adecuados.
Suficiencia financiera y responsabilidades en la proyección de recursos
En cuanto a la suficiencia financiera —criterio del régimen tarifario definido en la Ley 142 de 1994—, se garantiza la recuperación de costos operativos, mantenimiento, expansión y remuneración del patrimonio en condiciones de eficiencia.
Sobre la responsabilidad en la proyección y proyección presupuestal de los recursos para subsidios, el artículo 2.3.4.2.2 del Decreto 1077 de 2015 indica que las personas prestadoras de recolección y transporte de residuos no aprovechables deben presentar anualmente al alcalde una estimación de los recursos potenciales a recaudar y los subsidios necesarios, para que el cabildo municipal o distrital establezca el porcentaje de aporte solidario correspondiente.
Aplicación y traslado de subsidios
En cuanto a la aplicación de subsidios y contribuciones, la tarifa final por suscriptor incluye un factor de contribución o subsidio según el estrato o tipo de uso, afectando la tarifa cobrada por el prestador de recolección y transporte de residuos no aprovechables. Esta tarifa remunera costos eficientes y una utilidad, garantizando la suficiencia financiera del prestador.
No es procedente que una entidad facturadora o ente territorial traslade un porcentaje inferior al 100% de los recursos de subsidios causados bajo el argumento de deficiencias en la proyección presupuestal. Sin embargo, si el ente territorial retrasa la transferencia de recursos para cubrir el déficit entre subsidios y contribuciones, ello podría afectar la suficiencia financiera.
Asimismo, la facturación, recaudo y traslado de los recursos del incentivo al aprovechamiento deben realizarse conforme a la metodología tarifaria vigente y los reportes al Sistema Único de Información (SUI).
Vigilancia y sanciones
En caso de incumplimiento en el traslado oportuno y total de estos recursos, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vigilar y sancionar a los prestadores que no cumplan con sus obligaciones legales, garantizando la protección de los usuarios.
Diferenciación de aportes
Finalmente, se aclara que los subsidios y contribuciones son diferentes de los aportes bajo condición, los cuales pueden ser bienes o derechos aportados por entidades públicas a prestadores de servicios, sin que su valor se incluya en la tarifa y con mecanismos para garantizar su mantenimiento y reposición.
Acceso a información y asesoría
Para mayor información técnica y pedagógica sobre el marco regulatorio vigente, la Comisión pone a disposición canales oficiales como su campus virtual, cartillas, y materiales en YouTube, así como asesoría telefónica directa, facilitando así el acceso a recursos que contribuyen a la correcta aplicación de las normativas y fortalecen la gestión de los servicios públicos domiciliarios relacionados con el aprovechamiento de residuos sólidos.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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