La DIAN confirma que la estampilla pro-Universidad Nacional aplica a contratos de obra ejecutados mediante fiducia
Proviene de: Oficios
21 de mayo de 2026 0:53:7
La DIAN, a través de su Subdirección encargada de absolver consultas generales sobre normas tributarias y aduaneras, respondió a una inquietud sobre la configuración de la estampilla pro-Universidad Nacional en contratos celebrados bajo un convenio interadministrativo cuyos recursos fueron desembolsados mediante una fiducia.
Marco legal y alcance del tributo
Según el artículo 5º de la Ley 1697 de 2013, el hecho generador de este tributo es todo contrato de obra suscrito por entidades del orden nacional, incluyendo sus adiciones y modalidades de pago. Además, se extiende a contratos conexos como diseño, operación, mantenimiento o interventoría. La ley incluye también a empresas industriales y comerciales del Estado y a empresas de economía mixta cuando la ejecución se financia con recursos del Presupuesto General de la Nación.
Interpretación oficial sobre la fiducia mercantil
La interpretación oficial de la DIAN establece que el tributo recae sobre todos los contratos de obra pública y conexos celebrados con recursos públicos por entidades del orden nacional, sin distinción entre aquellas sometidas al régimen de contratación pública y las regidas por normas de derecho privado.
Respecto a la fiducia mercantil, se ha señalado que su uso no altera la naturaleza pública del contrato ni excluye la obligación tributaria. La fiduciaria actúa como un intermediario que ejecuta las instrucciones de la entidad pública, manteniendo la esencia pública del contrato y la participación estatal en la ejecución de la obra. Por tanto, se configura el hecho generador de la estampilla en contratos ejecutados mediante estructuras fiduciarias.
Situación jurídica y aplicación vigente
Este criterio ha sido reiterado en varios conceptos y oficios emitidos por la entidad, los...
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