Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue emitida por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) bajo el número 202551003767186, con fecha 26 de diciembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.495 el 19 de mayo de 2026. El Director General de la ANT ejerció sus facultades legales conforme a la Ley 70 de 1993, el Decreto Ley 2363 de 2015 y demás normas vinculantes para adjudicar el predio.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la adjudicación colectiva de un predio rural en favor del Consejo Comunitario Trujillo Fuente de Vida, comunidad negra organizada que habita históricamente el territorio. La resolución está dirigida a esta comunidad afrodescendiente, beneficiando a 312 familias y 410 personas, quienes poseen una arraigada relación cultural, social y económica con la tierra objeto de la adjudicación. El reconocimiento legal fortalece el ejercicio de sus derechos territoriales colectivos.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental es formalizar la titulación colectiva del territorio denominado “El Globo”, un predio fiscal adquirido por la ANT para el Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral. Con ello se garantiza la propiedad colectiva del suelo a esta comunidad, conforme a la Ley 70 de 1993 y la política pública de tierras con enfoque étnico, promoviendo la protección de sus derechos y la conservación ambiental del territorio.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución adjudica el 80% del predio a la comunidad, correspondiendo a una extensión de 1.006 hectáreas con 2.616 metros cuadrados, excluyendo la faja paralela de hasta 30 metros a los cuerpos de agua, que son bienes de uso público. Se establece que estas tierras tienen carácter de propiedad colectiva, imprescriptible, inembargable y no enajenable. Se ordena que la administración recaiga en la Junta del Consejo Comunitario, que deberá garantizar una distribución equitativa y sostenible de los recursos.
Además, se imponen obligaciones ambientales, como la protección de bosques, fuentes hídricas y ecosistemas, en concordancia con la función social y ecológica de la propiedad prevista en la Constitución y demás normatividad. Se excluyen de la adjudicación los bienes de uso público, áreas urbanas, subsuelo y predios con propiedad privada comprobada. También se previene que ocupaciones posteriores por terceros ajenos a la comunidad no generarán derechos sobre el territorio.
Base legal y procedimientos
La resolución se sustenta en la Constitución Política de 1991, especialmente su artículo 55 transitorio, la Ley 70 de 1993, el Decreto Ley 2363 de 2015 que creó la ANT, y el Decreto 1066 de 2015 que reglamenta la titulación colectiva. Además, se considera la jurisprudencia constitucional y el Convenio 169 de la OIT. El proceso incluyó solicitud formal, inspección técnica, elaboración de informe socioambiental, publicación y trámite administrativo conforme al Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo.
Modificaciones y plazos
Esta resolución no modifica ni revoca disposiciones previas, sino que materializa un acto administrativo específico de adjudicación. Se establece un plazo de diez días para interponer recurso de reposición ante el Director General de la ANT, contados desde la notificación. La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Impacto potencial
Esta adjudicación contribuye a la consolidación de derechos colectivos de las comunidades negras sobre sus territorios ancestrales, favoreciendo la seguridad jurídica y la preservación cultural. Asimismo, promueve la conservación ambiental y el desarrollo sostenible con base en prácticas tradicionales, reforzando el enfoque diferencial y la participación comunitaria en la gestión territorial. La decisión también fortalece la política pública de tierras con enfoque étnico en Colombia, en cumplimiento de mandatos constitucionales y legales.
En suma, la resolución representa un avance relevante en la garantía de los derechos territoriales de las comunidades negras, estableciendo un marco claro para la administración, protección y uso sostenible del territorio adjudicado, y reafirmando el compromiso del Estado colombiano con la diversidad étnica y cultural del país.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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