Tribunal Superior de Bogotá declara desierto recurso de casación por incumplimiento en presentación
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 0:55:22
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala de Decisión Penal, como parte del trámite de casación derivado de un proceso penal. La providencia corresponde a un auto fechado el 28 de abril de 2026, que resuelve sobre la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia dictada el 12 de diciembre de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, un juzgado penal especializado de Bogotá condenó a varios procesados por el delito de concierto para delinquir agravado. Contra dicha sentencia, la defensa interpuso recurso de apelación, que fue confirmado por el Tribunal Superior en segunda instancia.
Posteriormente, la defensa manifestó la intención de interponer recurso extraordinario de casación para todos los condenados. Sin embargo, solo algunos de ellos presentaron la demanda de casación dentro del término legal previsto, mientras que otros no cumplieron con esta obligación.
Consideraciones jurídicas y motivos de la decisión
El Tribunal Superior advirtió que, aunque la defensa de ciertos procesados manifestó oportunamente la intención de interponer el recurso de casación, no presentó formalmente la demanda dentro del término legal establecido entre el 20 de enero y el 2 de marzo de 2026.
El fundamento jurídico principal se encuentra en el inciso 2° del artículo 98 de la Ley 1395 de 2010, que modifica el artículo 183 de la Ley 906 de 2004. Esta normativa indica claramente que si la demanda de casación no se presenta dentro del plazo legal, el recurso debe declararse desierto.
Además, la Sala subsana una omisión procesal detectada por la Secretaría, consistente...
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