Contexto y antecedentes del caso
El proceso se originó tras la demanda presentada por una afiliada contra una AFP y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con participación necesaria de otras AFP vinculadas. La demandante solicitó declarar la nulidad absoluta del traslado realizado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), argumentando falta de información adecuada y asesoría en el momento de la decisión, lo que, según ella, ocasionó un perjuicio económico al recibir una mesada pensional inferior a la que habría recibido en el RSPMPD.
En primera instancia, el juzgado condenó a la AFP recurrente a pagar la diferencia entre las mesadas pensionales de ambos regímenes, como indemnización plena de perjuicios. La sentencia fue confirmada en apelación por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.
Consideraciones de la Corte Suprema de Justicia
El recurso de casación presentado por la AFP fue admitido y analizado por la Corte Suprema de Justicia, que identificó seis cargos, pero se centró en el primero para resolver el caso. La Corte revisó la interpretación dada a los elementos de la responsabilidad civil (culpa, daño y nexo causal) y la forma en que se estimó la indemnización de perjuicios.
La Sala destacó los siguientes puntos esenciales:
- Naturaleza de la responsabilidad: La responsabilidad de las AFP por incumplimiento en el deber de información es de naturaleza subjetiva y fiduciaria, no estrictamente previsional u objetiva. Esto implica que debe demostrarse culpa, daño y nexo causal para imputar responsabilidad.
- Daño y perjuicio: El daño se produce en el momento del traslado...