Corte Suprema confirma improcedencia de tutela contra liquidación de crédito en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 15:42:32
Providencia proferida por la Corte Suprema en segunda instancia
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en decisión adoptada el 15 de abril de 2026, resolvió la impugnación contra la sentencia emitida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que había declarado improcedente la acción de tutela promovida contra el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá. El caso se originó en un proceso ejecutivo radicado bajo el número 2024-00470-00, en el cual una entidad accionante reclamó la protección de derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo fue iniciado por una sociedad contra la parte tutelante, que cuestionó la liquidación del crédito ordenada por el Juzgado 32 Civil del Circuito. El 9 de junio de 2025, el juzgado dio trámite a la ejecución y el 20 de junio se radicó la liquidación del crédito, la cual fue objetada por la demandada alegando que se habían efectuado abonos a capital que no fueron tenidos en cuenta. El juzgado rechazó la objeción el 22 de septiembre de 2025, liquidando directamente la suma de $593.469.356,89 y sin considerar la liquidación alternativa ni los medios probatorios aportados. Frente a esta decisión, las partes guardaron silencio procesal.
Posteriormente, la parte afectada promovió una acción de tutela para solicitar que se dejara sin efecto el auto de liquidación, que se ordenara una nueva liquidación teniendo en cuenta las pruebas de los abonos realizados y se suspendieran los embargos como medida cautelar. El juzgado accionado rindió...
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