Consejo de Estado corrige la liquidación de costas en proceso contra Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 15:42:46
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado en segunda instancia dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que enfrenta a un particular contra la Nación, representada por el Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional. El Tribunal Administrativo de Norte de Santander conoció inicialmente del caso, que tiene su origen en una reclamación presentada por el demandante en el año 2015.
Antecedentes fácticos y procesales
El Tribunal Administrativo de Norte de Santander había aprobado una liquidación de costas en favor de la entidad demandada, sin embargo, la Secretaría de la corporación consignó un valor de cero pesos, lo que generó controversia. Esto contravino la providencia del Consejo de Estado del 23 de marzo de 2023, que condenó en costas a la parte demandante y ordenó que la liquidación se efectuara conforme al artículo 366 del Código General del Proceso.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
La Sala revisora recordó que la condena en costas procede conforme al artículo 365 del Código General del Proceso, el cual establece que se condenará en costas a la parte vencida en el proceso o a quien se le resuelva desfavorablemente un recurso, sin que sea necesario demostrar mala fe o temeridad. La Corte Constitucional ha señalado que las costas corresponden exclusivamente a los costos en que incurrió la parte beneficiaria, siempre que estén debidamente comprobados, sean útiles y correspondan a actuaciones autorizadas por la ley.
En este sentido, el Consejo de Estado enfatizó que la determinación de las agencias en derecho, que son la porción de costas imputables a los...
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