Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución número 0100 0600 -5862 fue expedida por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) el 13 de mayo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.496 el 20 de mayo de 2026. Este acto administrativo se enmarca dentro de las facultades legales y estatutarias conferidas a la CVC para la gestión ambiental regional.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula el uso de las aguas de la quebrada El Chocho, tributaria del río Aguacatal en la cuenca del río Cali, localizada en la jurisdicción del municipio de Cali, departamento del Valle del Cauca. Está dirigida principalmente a los usuarios actuales y potenciales de esta fuente hídrica, incluyendo acueductos comunitarios, sistemas colectivos, usuarios con captaciones directas y otros actores involucrados en el manejo del recurso. Este enfoque es relevante dada la importancia del agua para consumo humano, actividades productivas y conservación ambiental en la región.
Objetivo de la resolución
El propósito central es reglamentar el uso del agua disponible en la quebrada El Chocho, garantizando una distribución equitativa basada en estudios técnicos, censos de usuarios y análisis de oferta y demanda. La normativa busca promover un aprovechamiento sostenible, priorizando el consumo colectivo y estableciendo mecanismos para enfrentar períodos de escasez o contaminación.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones destacan:
- Distribución del caudal: Se establece el otorgamiento de caudales a los diferentes usuarios en función de módulos de consumo y un censo actualizado que incluye la corriente principal y tributarios.
- Prioridad para consumo comunitario: Se da preferencia al uso del agua para consumo colectivo, conforme a la legislación vigente.
- Actualización de programas de uso eficiente: Los sistemas colectivos y acueductos deben actualizar sus Programas de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA), incorporando medidas como almacenamiento, cosecha de aguas lluvias y estructuras tarifarias que promuevan el uso responsable.
- Restricciones a usuarios con acueducto: Usuarios con acceso a acueducto no podrán continuar captando agua directamente para uso doméstico, asegurando así el derecho fundamental al agua a través del sistema público.
- Prohibición de nuevas concesiones: En ciertos puntos críticos del área de aferencia, no se otorgarán nuevas concesiones a usuarios no activos previamente.
- Medidas frente a escasez: Se facultan a las autoridades para restringir temporalmente los usos o establecer turnos en caso de sequías, contaminación o desastres naturales.
- Integración de captaciones: Se fomenta la consolidación de captaciones individuales en sistemas colectivos con distribución equitativa y caudal ecológico garantizado.
Base legal y vigencia
La resolución se fundamenta en normas como el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, el Decreto Único Reglamentario Sector Ambiental 1076 de 2015, y el Acuerdo CD número 072 de 2016, entre otras disposiciones concordantes. Además, deroga cualquier disposición contraria previa y tiene aplicación inmediata desde su publicación. La vigencia es indefinida, aunque contempla la posibilidad de revisión o modificación cuando cambien las condiciones que motivaron su expedición.
Impacto potencial
Esta reglamentación tiene un impacto significativo en la gestión sostenible del recurso hídrico en la quebrada El Chocho y sus tributarios. Al establecer criterios técnicos y sociales para la distribución y uso del agua, la CVC promueve la protección ambiental y asegura el acceso equitativo al agua, especialmente para el consumo humano y comunitario. Las medidas para mejorar la eficiencia y enfrentar situaciones críticas contribuyen a la resiliencia del sistema hídrico en una zona con alta presión sobre sus recursos naturales. La resolución también impulsa la participación comunitaria y la articulación con otros instrumentos de planificación territorial y ambiental, reforzando la gobernanza del agua en la región.
En conclusión, la Resolución 0100 0600 -5862 de 2026 representa un avance en la regulación ambiental regional, orientado a garantizar un uso racional y sostenible de las aguas de la quebrada El Chocho, con beneficios tanto para los usuarios como para el ecosistema local. Esta normativa constituye un paso fundamental para asegurar la disponibilidad del recurso hídrico en el largo plazo y fortalecer la gestión ambiental en el Valle del Cauca.