Tribunal Administrativo de Risaralda aclara y adiciona sentencia sobre aportes pensionales en proceso contra la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:58:40
Providencia judicial en segunda instancia sobre nulidad y restablecimiento del derecho
El Tribunal Administrativo de Risaralda emitió un auto en segunda instancia respecto a una solicitud de aclaración de sentencia presentada en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación, representada por la Fiscalía General de la Nación. La providencia, proferida el 15 de abril de 2026, resuelve la petición formulada a raíz de la sentencia del 5 de marzo de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
La decisión inicial modificó parcialmente un fallo de primera instancia relacionado con el reconocimiento y pago de una prima especial y los correspondientes aportes pensionales hechos a favor del demandante, quien desempeñó funciones como Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y del Circuito. La sentencia ordenó que la entidad demandada reconociera la prima especial establecida en el artículo 14 de la Ley 4 de 1992 y efectuara los aportes pensionales correspondientes desde la fecha en que el demandante fue vinculado oficialmente al cargo.
Posteriormente, el apoderado de la parte demandante solicitó la aclaración de la sentencia, argumentando dudas sobre la fecha desde la cual deben efectuarse los aportes pensionales, en particular, sobre períodos en los que el demandante estuvo en encargo antes de la vinculación formal.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal recordó que el artículo 290 de la Ley 1437 de 2011 establece que la aclaración de sentencias debe solicitarse dentro de los dos días siguientes a la notificación y que la aclaración se dictará mediante auto que no admite recurso. Asimismo, integró la normativa aplicable del Código General del Proceso (artículos 285 y 287), que...
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