Tribunal Administrativo del Quindío niega ampliación de medida cautelar en proceso ejecutivo contra Municipio de Armenia
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:58:23
Contexto y competencia del tribunal
El auto fue proferido por el Despacho Segundo del Tribunal Administrativo del Quindío, en primera instancia, competente para resolver sobre medios de control ejecutivo, conforme a los artículos 125 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y 35 del Código General del Proceso (CGP). La providencia resuelve un trámite relacionado con la ampliación de una medida cautelar que ordenó el embargo y retención de recursos financieros del Municipio de Armenia.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una ejecución contra el Municipio de Armenia, en la que inicialmente se decretó una medida cautelar de embargo por un monto de aproximadamente 151 millones de pesos. Esta medida se dirigió a los recursos que el municipio tuviera en diversas entidades financieras, con exclusiones establecidas por la ley para ciertos fondos públicos. Posteriormente, el Municipio apeló, y el Consejo de Estado confirmó parcialmente la decisión, aclarando exclusiones adicionales para fondos destinados a sentencias, conciliaciones y fondos de contingencia.
Durante el trámite, diversas entidades bancarias respondieron al requerimiento de informar sobre embargos o depósitos judiciales. Se constató que los recursos en las cuentas de dos de estas entidades correspondían a recaudos propios del impuesto predial, motivo por el cual el Tribunal ordenó la constitución de depósitos judiciales por el monto de la medida cautelar.
Posteriormente, el Municipio efectuó un pago directo que cubrió gran parte de la obligación reclamada, quedando un saldo menor pendiente. Además, se constituyó un depósito judicial que supera el monto inicialmente embargado. En este contexto, el ejecutante solicitó la ampliación de la medida cautelar,...
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