Tribunal Administrativo del Quindío sanciona a alcalde de Pijao por desacato en acción popular ambiental
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:58:24
Contexto y competencia del tribunal
La Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo del Quindío conoció y resolvió el incidente de desacato relacionado con una acción popular ambiental que ordenaba la actualización del Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) y otras medidas para la gestión del riesgo en el municipio de Pijao. El tribunal es competente para imponer sanciones por desacato en este tipo de procesos, conforme al artículo 41 de la Ley 472 de 1998, que prevé multas y arrestos para quien incumpla órdenes judiciales en acciones populares.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con una acción popular interpuesta por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), la Corporación Autónoma Regional del Quindío, el Departamento del Quindío y el Municipio de Pijao. En sentencia de primera instancia del 15 de noviembre de 2018 y confirmada en segunda instancia por el Consejo de Estado en julio de 2019, se ordenó un Plan de Acción Estratégica (PAE) con cinco líneas de intervención para proteger derechos colectivos ambientales y gestionar riesgos.
Posteriormente, la Procuraduría solicitó la apertura de un incidente de desacato debido a incumplimientos constatados en los comités de verificación, especialmente en lo referente a la definición de fuentes de financiación para la actualización del EOT, cuya fecha de cumplimiento se ha ido ampliando hasta el 2029.
Informe de cumplimiento y gestión de las entidades
Durante el trámite del incidente, las entidades demandadas presentaron informes sobre sus acciones. El Ministerio de Ambiente y...
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