Tribunal Administrativo del Quindío confirma medida cautelar de embargo contra recursos de la Rama Judicial
Proviene de: Sentencias
21 de mayo de 2026 19:58:47
Providencia judicial en segunda instancia sobre medida cautelar de embargo
La Sala Cuarta de Decisión del Tribunal Administrativo del Quindío resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Armenia, fechado el 12 de junio de 2025. Dicho auto decretó la medida cautelar de embargo y retención de dineros que la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial posee en diversas entidades financieras, por un monto máximo de $285.636.884.
Antecedentes del proceso ejecutivo
La demanda ejecutiva fue instaurada por una ciudadana que reclamó el pago de valores relacionados con el reconocimiento y reajuste de la bonificación judicial como factor salarial en sus prestaciones sociales, basándose en una sentencia judicial previa confirmada y ejecutoriada. Además, se solicitó la indexación, intereses causados y costas procesales correspondientes. La demandante solicitó también el decreto de medidas cautelares para asegurar el cumplimiento de la obligación.
El Juzgado de primera instancia decretó el embargo de los recursos financieros de la Rama Judicial, incluyendo cuentas corrientes, de ahorro, CDT y otros títulos valores, con la advertencia de que la medida se limitaría a los recursos embargables y, en caso de insuficiencia, podría extenderse a recursos inembargables conforme a la jurisprudencia vigente.
La entidad ejecutada apeló argumentando que la medida cautelar afectaba indiscriminadamente recursos inembargables incorporados en el Presupuesto General de la Nación, sustentando su posición en certificaciones oficiales que acreditan la inembargabilidad de dichos fondos. Además, sostuvo que los embargos indiscriminados podrían afectar el pago de nómina y la prestación del servicio público de la administración de justicia. Se solicitó revocar o...
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