Contexto y tribunal que resolvió la controversia
La decisión fue proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, el 14 de mayo de 2026. Esta providencia revisa y modifica parcialmente la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Tercera de Oralidad, en primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó en 2015 la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2014, con saldo a favor, solicitando su devolución. Posteriormente, la DIAN emitió una liquidación oficial de revisión y una resolución que modificaron la declaración, adicionando ingresos por intereses presuntivos, rechazando parcialmente costos y deducciones por mejoras en propiedad ajena, disminuyendo retenciones aplicadas y sancionando por inexactitud. Frente a estas actuaciones, la sociedad interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando vulneraciones constitucionales y normativas tributarias.
Consideraciones centrales de la providencia
La Sala examinó cuatro aspectos fundamentales:
- Intereses presuntivos: Se confirmó la adición de ingresos por intereses presuntivos calculados sobre préstamos otorgados por la sociedad a sus socios y viceversa, conforme al artículo 35 del Estatuto Tributario. La demandante argumentó que debían netearse las cuentas por cobrar y por pagar, pero la Sala determinó que no hubo suficiente evidencia de exigibilidad para compensar dichas cuentas, por lo que mantuvo la adición.
- Costos y deducciones por mejoras en propiedad ajena: Se reconoció la procedencia de deducciones por amortización de mejoras realizadas en un inmueble arrendado, registradas contablemente como cargos diferidos según la técnica contable y conforme a los artículos 142 y 143 del Estatuto Tributario. Esto implicó modificar la calificación...