Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, buscaría reglamentar el artículo 15 de la Ley 1931 de 2018, en lo relacionado con la definición de corto, mediano y largo plazo de las contribuciones nacionales que Colombia debe presentar ante la CMNUCC. Esta reglamentación complementaría el marco normativo vigente, incluyendo el Decreto 1076 de 2015 y el Decreto 298 de 2016, que establecen funciones para el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) y el Sistema Nacional de Cambio Climático (SISCLIMA), respectivamente.
El proyecto también estaría alineado con las obligaciones internacionales del país derivadas de la Ley 164 de 1994 que aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Ley 1844 de 2017 que ratificó el Acuerdo de París, y la Ley 2169 de 2021 que estableció metas para la carbono neutralidad y resiliencia climática.
Tema y propósito principal
El proyecto de decreto tendría por objeto definir las temporalidades de las contribuciones nacionales frente al cambio climático en los ámbitos de corto, mediano y largo plazo, y garantizar que cada nueva contribución represente un aumento en la ambición climática respecto a las metas anteriores. Estas contribuciones nacionales comprenden los compromisos asumidos por Colombia para reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), adaptarse a los impactos del cambio climático y desarrollar medios de implementación, en concordancia con el régimen internacional establecido por la CMNUCC.
Los sectores afectados incluirían las entidades públicas nacionales y territoriales con competencias en materia ambiental, así como empresas y otros actores que tengan compromisos en adaptación, mitigación y medios de implementación.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
El proyecto establecería definiciones claras para los plazos de las contribuciones nacionales:
- Corto plazo: periodo de cinco años entre la comunicación de una contribución y su siguiente actualización.
- Mediano plazo: periodo de diez años para la implementación de una contribución.
- Largo plazo: periodo superior a diez años acorde con la estrategia climática de largo plazo del país.
Además, se introduciría el concepto de
Ciclo Nacional de Ambición Climática, un proceso continuo, iterativo e inclusivo que permitiría preparar, comunicar y actualizar las contribuciones nacionales asegurando progresión y coherencia con los compromisos internacionales.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinaría este ciclo junto con otras entidades del orden nacional y territorial. Se establecerían etapas específicas para la formulación, implementación, seguimiento, evaluación y reporte internacional de las contribuciones, con participación de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC), el IDEAM y el Departamento Nacional de Planeación.
Acciones y disposiciones concretas
El proyecto dispondría que:
- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentaría una hoja de ruta para la actualización de las contribuciones nacionales con al menos 24 meses de anticipación a su comunicación oficial ante la CMNUCC.
- Las entidades públicas serían corresponsables en la preparación, comunicación y mantenimiento de las contribuciones, de acuerdo con sus competencias.
- El IDEAM se encargaría de la contabilidad de emisiones y del seguimiento ambiental.
- El Departamento Nacional de Planeación coordinaría el seguimiento y reporte del estado de avance de las metas climáticas.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores informaría internacionalmente el avance en la implementación mediante informes bienales de transparencia.
- El Ministerio publicaría información técnica y jurídica relativa al proceso para garantizar transparencia y comprensión pública.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión del ciclo nacional de ambición climática se realizaría bajo la coordinación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con la participación de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC), el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), el Departamento Nacional de Planeación, los nodos regionales de cambio climático y demás entidades públicas nacionales y territoriales.
Adicionalmente, se contemplaría la inclusión de empresas y otros actores con compromisos en adaptación y mitigación climática en el proceso participativo.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto habría sido publicado en la página web oficial del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para consulta pública entre el 2 y el 17 de octubre de 2025, con la posibilidad de realizar observaciones conforme a lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 385 de 2026.
Se esperaría que la ciudadanía, organizaciones y sectores interesados pudieran acceder al texto completo y participar en el proceso de consulta, contribuyendo con propuestas y comentarios para mejorar el instrumento normativo.
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Este proyecto de decreto buscaría fortalecer la estructura institucional y técnica para que Colombia cumpla con sus compromisos internacionales en materia de cambio climático, asegurando una gestión progresiva y transparente de sus contribuciones nacionales ante la CMNUCC, y promoviendo una mayor participación multisectorial y territorial en la construcción de políticas climáticas eficientes y coherentes con los objetivos globales.