Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio del Trabajo, adicionaría la Sección 8 al Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo. La iniciativa se fundamentaría en la Ley 2466 de 2025, que en su artículo 41 establece la necesidad de un régimen especial para el contrato laboral de las y los trabajadores de las artes y la cultura. El decreto buscaría complementar y precisar el alcance de esta norma, en un sector con características laborales particulares.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto se enfocaría en regular las relaciones laborales de las personas vinculadas al sector artístico y cultural, incluyendo artistas, gestores, cultores y demás profesionales relacionados con la cadena de creación y producción cultural. Su objetivo principal sería establecer parámetros claros para la formalización del contrato laboral, garantizando derechos laborales, seguridad social, condiciones dignas de trabajo y protección frente a la intermitencia propia de estas actividades.
Modificaciones y nuevas regulaciones propuestas
Entre las disposiciones más relevantes, el proyecto propondría:
- La definición del contrato laboral cultural y sus elementos esenciales, incluyendo la obligatoriedad de acuerdos escritos que detallen condiciones de modo, tiempo, lugar, duración y remuneración.
- El reconocimiento de que, en ausencia de estipulación expresa, la relación laboral se presumiría a término indefinido.
- La adopción de un enfoque de equidad de género y la prevención de discriminación, acoso y violencia en el entorno laboral cultural.
- La obligación de afiliación y cotización al Sistema de Seguridad Social Integral desde el inicio de la relación laboral.
- La regulación detallada de la jornada laboral, considerando la intermitencia y las particularidades del trabajo artístico, definiendo el tiempo de trabajo efectivo y la obligación de llevar registros claros del tiempo suplementario.
- La prohibición de que el empleador utilice sin autorización previa y expresa la imagen, voz o cuerpo de las trabajadoras y trabajadores mediante inteligencia artificial o tecnologías digitales.
- Medidas especiales para la protección social de trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo y para la formalización y sostenibilidad de salas independientes.
- El establecimiento de medidas de seguridad específicas para actividades en sets, locaciones y espacios de trabajo con riesgos particulares.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto indicaría que el empleador debería adoptar medidas adecuadas para prevenir riesgos en los espacios de trabajo artístico y cultural, incluyendo la verificación previa de condiciones de seguridad y la suspensión de actividades cuando no se cumplan dichas condiciones. Además, se establecerían mecanismos para que el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes promuevan la formalización laboral, la protección social y el acceso a programas estatales de empleo formal en el sector.
Participación de actores clave
La supervisión, inspección y vigilancia del cumplimiento del decreto estarían a cargo del Ministerio del Trabajo, que podría requerir información, realizar visitas y ordenar medidas correctivas. Asimismo, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes tendría un rol relevante en la promoción y acompañamiento sectorial, especialmente en el apoyo a salas independientes y en la difusión de rutas de acceso a beneficios y programas de protección social.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto se publicaría en la página web del Ministerio del Trabajo para conocimiento público. Asimismo, se contemplaría un periodo para recibir comentarios y observaciones de la ciudadanía e interesados, conforme a lo establecido en la Ley 1437 de 2011, con el fin de garantizar la participación ciudadana en el proceso de elaboración normativa.
Este proyecto normativo buscaría formalizar y fortalecer el trabajo de las y los trabajadores de las artes y la cultura, reconociendo las particularidades y necesidades del sector. Las disposiciones propuestas entrarían en vigencia únicamente tras su eventual aprobación y promulgación, garantizando así un proceso transparente y participativo que permita construir un marco normativo justo y adecuado para quienes hacen parte de este importante sector cultural.