Propósito general del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito general adicionar un nuevo título al reglamento REMAC 6, específicamente en la parte que regula los seguros y tarifas, para establecer los valores asegurados que deben constituirse como pólizas de cumplimiento en las autorizaciones o concesiones para el uso y goce de playas, terrenos de bajamar y aguas marítimas bajo la jurisdicción de la Dirección General Marítima (DIMAR). Esta actualización responde a la necesidad de modernizar y uniformar los criterios de fijación de pólizas, adaptándolos a la nueva unidad de valor básico (UVB) establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Objetivo principal y grupos afectados
El objetivo principal de esta iniciativa es optimizar la seguridad jurídica y la uniformidad en la aplicación de los seguros de cumplimiento exigidos en las concesiones marítimas, beneficiando a los concesionarios, entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y demás actores involucrados en la administración y uso de bienes de dominio público marítimo. Además, busca facilitar la gestión y control para la autoridad marítima, promoviendo una adecuada protección de los intereses nacionales.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto establece que los beneficiarios de autorizaciones o concesiones deberán constituir un seguro de cumplimiento a favor de la Nación, representada por el Ministerio de Defensa Nacional y la Dirección General Marítima, mediante una compañía de seguros inscrita ante la Superintendencia Financiera.
Se introduce una tabla detallada que determina el monto asegurado en función de tres variables principales:
- Área autorizada o concesionada (m²), con valores expresados en UVB que van desde 4.000 para áreas hasta 500 m² hasta 73.000 UVB para áreas mayores a 501.000 m².
- Actividad económica o uso de la construcción, con montos adicionales que varían según el tipo de actividad, como turismo, actividades industriales o pesca artesanal.
- Categoría del municipio o distrito, que determina un valor adicional en UVB según la clasificación territorial.
Además, se prevé un incremento proporcional del seguro para ampliaciones de área y se establece la obligación de mantener vigente la póliza durante todo el término de la autorización o concesión, con actualizaciones anuales ajustadas al índice de precios al consumidor (IPC).
Acciones y regulaciones específicas
El proyecto contempla excepciones para la Fuerza Pública y otras dependencias del Ministerio de Defensa Nacional, así como para determinados permisos relacionados con proyectos de energía eólica costa afuera, que se regirán por reglamentaciones especiales.
También se incluyen disposiciones para evaluar la necesidad de la póliza en casos donde las autorizaciones sean para organizaciones sin ánimo de lucro o entidades públicas con funciones constitucionales o en situaciones de emergencia como estados de excepción o calamidad pública.
Impacto y alcance potencial
La implementación de este proyecto favorecerá una mayor claridad y uniformidad en los requisitos de seguros para concesiones marítimas, fortaleciendo la gestión administrativa y la protección de los bienes de uso público bajo la jurisdicción marítima. Esto contribuirá a garantizar el cumplimiento de obligaciones contractuales y legales, así como a proteger los intereses del Estado y de la comunidad.
Participación de actores clave
Los principales actores involucrados incluyen la Dirección General Marítima, el Ministerio de Defensa Nacional, las compañías aseguradoras legalmente inscritas, los concesionarios de áreas marítimas, entidades públicas de diferentes niveles territoriales y organizaciones sin ánimo de lucro que gestionan autorizaciones para uso comunitario. La norma establece mecanismos claros para su aplicación y supervisión por parte de la autoridad marítima.
La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y se aplicará a las autorizaciones o concesiones otorgadas posteriormente, respetando el régimen de transición para actos administrativos vigentes, garantizando así una adecuada adaptación a las nuevas disposiciones sin afectar los derechos adquiridos bajo el régimen anterior.