Consejo de Estado ordena remisión de proceso ejecutivo a Sección Tercera por competencia especializada
Proviene de: Sentencias
26 de mayo de 2026 16:26:54
Contexto y antecedentes del caso
El auto fue dictado por la Sección Primera del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, el 19 de mayo de 2026, en un recurso de apelación interpuesto contra una decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico. El proceso se originó tras la presentación de una demanda ejecutiva contra la Rama Judicial, con fundamento en una sentencia condenatoria por responsabilidad patrimonial extracontractual del Estado debido a un error judicial y la pérdida de oportunidad de obtener resarcimiento. La demanda solicitaba el pago de una suma superior a dos mil trescientos cincuenta millones de pesos, correspondiente al capital pendiente de la condena, indexación, intereses comerciales y moratorios.
Fundamentos jurídicos y competencia por conexidad
La providencia se centró en determinar la competencia para conocer del proceso ejecutivo, que busca el cumplimiento de la sentencia de reparación directa. Se recordó que la Sección Tercera del Consejo de Estado ha unificado criterios sobre la competencia en estos casos, estableciendo que el juez competente para la ejecución es aquel que conoció de la providencia en primera instancia, aplicando el llamado factor de conexidad.
Este principio se fundamenta en la interpretación armónica de los artículos 156.9 y 298 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), así como los artículos 306 y 307 del Código General del Proceso (CGP). La conexión entre el proceso declarativo y el ejecutivo busca garantizar la economía procesal, celeridad y seguridad jurídica, dado que el juez que dictó la sentencia es el más adecuado para supervisar su cumplimiento.
Además, la providencia resaltó que la competencia se mantiene incluso...
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