Entidad emisora, fecha y número de la resolución
La presente reglamentación fue expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) a través de la Resolución 0608 de 20 de mayo de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.501 el 25 de mayo de 2026. Este cuerpo normativo establece un marco regulatorio específico para el cobro de cartera de la entidad, en cumplimiento de su función administrativa y financiera.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula el procedimiento para el cobro persuasivo y coactivo de cartera del IGAC, es decir, el mecanismo para gestionar el recaudo de obligaciones exigibles a favor de la entidad. Está dirigida principalmente a las dependencias internas del IGAC que generan cartera, así como a la Oficina Asesora Jurídica, encargada del cobro coactivo. Este grupo es fundamental para asegurar la correcta aplicación del procedimiento y el cumplimiento de las obligaciones financieras por parte de los deudores.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito central de esta resolución es reglamentar y adoptar un procedimiento unificado para la gestión del cobro persuasivo y coactivo de la cartera del IGAC. La finalidad es optimizar la recuperación de recursos mediante un proceso ordenado, eficiente y acorde con la normatividad vigente, contribuyendo a la liquidez y sostenibilidad financiera de la entidad pública.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las principales disposiciones se destacan:
- La adopción formal del procedimiento interno para la gestión de cobro persuasivo y coactivo, incluyendo sus anexos que forman parte integral de la resolución.
- La asignación de la responsabilidad para adelantar el cobro persuasivo a las dependencias generadoras de cartera, tales como supervisores, interventores y la Oficina Comercial.
- La competencia exclusiva de la Oficina Asesora Jurídica para llevar a cabo las actuaciones de cobro coactivo, conforme al Decreto 846 de 2021.
- La obligación de comunicar la resolución a todas las dependencias relacionadas y de publicarla tanto en el Diario Oficial como en la página web institucional, garantizando transparencia y publicidad.
- La vigencia inmediata desde la fecha de expedición, para que las disposiciones entren en efecto sin retrasos.
Base legal y normatividad aplicable
La resolución se fundamenta en diversas disposiciones legales y constitucionales, entre ellas:
- El artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, que establece los principios que rigen la función administrativa.
- La Ley 1066 de 2006, que regula la normalización y el recaudo de cartera pública.
- El Decreto 4473 de 2006, que reglamenta la Ley 1066 sobre el procedimiento de cobro coactivo.
- La Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), que regula las obligaciones de recaudo y el cobro coactivo en entidades públicas.
- El Decreto 846 de 2021, que establece la estructura y competencias del IGAC, asignando a la Oficina Asesora Jurídica la facultad de cobro coactivo.
Impacto potencial de la resolución
La implementación del Procedimiento de Cobro Persuasivo y Coactivo busca mejorar la eficiencia en la gestión financiera del IGAC, asegurando un recaudo efectivo de las obligaciones a su favor. Esto no solo contribuye a la estabilidad económica de la entidad, sino que además fortalece la transparencia y el cumplimiento normativo en la administración pública. Al definir claramente responsabilidades y procesos, se promueve una gestión más ágil y coordinada entre las dependencias involucradas.
En síntesis, esta resolución representa un paso significativo en la consolidación de mecanismos administrativos para la recuperación de cartera pública, con base en principios constitucionales y legales que garantizan un procedimiento justo, eficiente y oportuno. De esta manera, el IGAC fortalece su capacidad financiera y administrativa, contribuyendo al cumplimiento de su misión institucional y al desarrollo sostenible del país.