Tribunal Superior de Medellín confirma rechazo de nulidad procesal por indebida notificación en proceso divisorio
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2026 21:51:50
Contexto y antecedentes procesales
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda instancia, analizó un recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido por el Juzgado Civil del Circuito, que rechazó de plano la solicitud de nulidad procesal alegada por la parte demandada en un proceso verbal divisorio. La causa de la nulidad invocada fue la supuesta indebida notificación del auto admisorio de la demanda.
Según los antecedentes, la parte demandada no formuló oportunamente la solicitud de nulidad, a pesar de que su apoderado judicial estaba actuando en el proceso. La notificación cuestionada fue devuelta por la empresa encargada de realizarla, y la parte demandada alega que no se subsanó la información para su adecuada notificación. Sin embargo, la defensa técnica solo se consolidó meses después, cuando se sustituyó el poder otorgado a su abogado.
El juzgado de primera instancia consideró que la nulidad no fue alegada oportunamente y que, por ende, se había saneado. La demandada interpuso recurso de reposición y apelación, argumentando que la falta de notificación afectó su derecho a la defensa y contradicción en etapas clave del proceso. La contraparte solicitó la confirmación del auto, señalando que la parte demandada dispuso de personería y acceso al expediente con tiempo suficiente para alegar irregularidades.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal Superior basó su análisis en el Código General del Proceso, específicamente en los artículos 133, 135 y 136, que regulan las causales de nulidad, los requisitos para alegarlas y el saneamiento de la nulidad. El numeral 8 del artículo 133 establece que la indebida notificación del auto admisorio de...
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