Tribunal Superior de Medellín revoca negativa de auxilio funerario en proceso laboral contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2026 21:53:7
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia y mediante sentencia dentro de un proceso ordinario laboral, revocó una decisión previa del Juzgado Laboral de Circuito que había absuelto a Colpensiones de la obligación de pagar el auxilio funerario. La Sala Sexta de Decisión, presidida por el magistrado ponente e integrada por dos magistradas, analizó el caso conforme a lo dispuesto en la Ley 2213 de 2022 y en atención a las normas laborales y de seguridad social vigentes.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una reclamación contra Colpensiones para que se reconociera y pagara un auxilio funerario por valor de $1.050.000, correspondiente al excedente de los gastos funerarios efectivamente sufragados y no cubiertos por un contrato pre-exequial suscrito con una empresa privada. El demandante argumentó que pese a la existencia de dicho contrato, ciertos servicios básicos y esenciales para el entierro no fueron cubiertos, por lo que realizó pagos directos por estos conceptos.
En primera instancia, el juzgado laboral absolvió a Colpensiones, fundamentando que el contrato pre-exequial amparaba los gastos y negó el derecho al auxilio funerario reclamado. La demanda fue remitida para consulta al Tribunal Superior, sin que se presentaran alegatos adicionales por las partes.
Consideraciones jurídicas centrales
El Tribunal Superior recordó que el auxilio funerario es una prestación autónoma establecida en los artículos 51 y 86 de la Ley 100 de 1993, destinada a quien compruebe haber sufragado gastos de entierro de un afiliado o pensionado del sistema de seguridad social. Los requisitos legales para su reconocimiento son: (i) que el fallecido sea pensionado...
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