Tribunal Superior de Medellín confirma pensión especial por alto riesgo en minería subterránea
Proviene de: Sentencias
27 de mayo de 2026 21:53:6
Contexto y antecedentes del proceso
La Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia, revisó el recurso de apelación interpuesto por la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), contra la sentencia proferida por el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Envigado. El proceso ordinario fue iniciado por un afiliado que solicitó el reconocimiento y pago de una pensión especial por vejez debido a su trabajo en minería subterránea, actividad catalogada de alto riesgo.
El demandante acreditó haber laborado durante más de 30 años en labores consideradas de alto riesgo en minería de socavón, para varias empresas relacionadas con el sector minero. Colpensiones negó inicialmente la pensión con base en la insuficiencia probatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos normativos, manifestando desconocimiento sobre las funciones específicas y los períodos en que se realizaron las cotizaciones especiales adicionales.
Durante el trámite, se integraron como litisconsortes necesarios varias empresas del sector, algunas de las cuales aceptaron ciertos vínculos laborales y pagos de cotizaciones especiales. Se realizaron múltiples aportes documentales y testimoniales que permitieron acreditar la permanencia y naturaleza riesgosa de las labores desempeñadas por el afiliado.
Consideraciones jurídicas y motivos de la decisión
La Sala analizó la normativa aplicable, en especial los Decretos 758 de 1990, 1281 de 1994 y 2090 de 2003, que regulan la pensión especial por actividades de alto riesgo. Se aclaró que el régimen de transición previsto en el artículo 6º del Decreto 2090 de 2003 favorece a quienes hayan aportado al sistema con al menos 500 semanas de cotización especial, permitiendo que su situación pensional se defina conforme...
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