Providencia judicial y tribunal competente
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla conoció el recurso de apelación interpuesto contra un auto del Juez Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, que negó la redosificación del tiempo de redención de pena y la extinción de la pena privativa de la libertad a un condenado por homicidio simple. Este tribunal es competente para resolver recursos de apelación contra autos dictados por jueces penales del circuito, conforme al artículo 76 de la Ley 600 de 2000.
Antecedentes fácticos y procesales
El condenado fue sentenciado en 2013 a 208 meses de prisión y a medidas accesorias, sin que se hayan otorgado beneficios penales en primera instancia. En la fase de ejecución, se le concedió prisión domiciliaria por haber cumplido la mitad de la pena, con caución y compromisos específicos. Posteriormente, se revocó este sustituto por incumplimiento de las condiciones, tras múltiples reportes de salidas no autorizadas del lugar de residencia.
El condenado solicitó la aplicación del artículo 19 de la Ley 2466 de 2025, que modifica el artículo 82 de la Ley 65 de 1993, para redosificar el tiempo de redención de pena por trabajo, alegando la aplicación del principio de favorabilidad y la existencia de pronunciamientos jurisprudenciales que respaldan la aplicación de esta norma, incluso sin reglamentación del Ministerio de Trabajo. El juez a quo negó la solicitud argumentando que la norma no estaba vigente por falta de reglamentación y que la sentencia de tutela de la Corte Suprema tenía efectos inter partes, no vinculantes para el caso.
Consideraciones de la Sala de Decisión Penal
La Sala revisó la vigencia y aplicabilidad del artículo 19 de la Ley 2466 de 2025, que reconoce que por cada tres días de trabajo en centros penitenciarios se abonarán dos días de pena, mejorando la fórmula anterior. Se determinó que esta norma es aplicable a condenas anteriores porque es más favorable, conforme al artículo 29 de la Constitución Política que consagra el principio de favorabilidad en materia penal.
Respecto a la falta de reglamentación por parte del Ministerio de Trabajo, la Sala aclaró que esta no condiciona la vigencia ni la obligatoriedad de la ley, pues el reglamento facilita su aplicación, pero no es requisito para su existencia jurídica. Se citó una sentencia de tutela de la Corte Suprema de Justicia que interpretó que la reglamentación pendiente se refiere al reconocimiento de la experiencia laboral para el mercado externo y no impide la aplicación del cómputo de redención de pena conforme a los nuevos estándares.
La Sala también precisó que, aunque la tutela tiene efectos inter partes, su contenido interpretativo debe ser tenido en cuenta como precedente persuasivo, especialmente cuando proviene de un órgano de cierre y resuelve un problema jurídico idéntico.
Aplicando la nueva fórmula, se reconoció un mayor tiempo descontado por redención de pena (158.6 días, equivalentes a 5 meses y 8 días) frente a los 119 días reconocidos inicialmente, sumando este tiempo al de privación efectiva, sin alcanzar el total de la pena impuesta. Por ello, se confirmó la negativa a la extinción de la pena.
Decisión final
La Sala revocó parcialmente el auto apelado para reconocer el mayor tiempo de redención de pena conforme al artículo 19 de la Ley 2466 de 2025 y confirmó el resto de la providencia. Contra esta decisión no procede recurso alguno. El expediente será devuelto para los fines procesales correspondientes.
Esta providencia representa un paso relevante en la interpretación y aplicación de reformas laborales en el contexto penitenciario, subrayando el respeto al principio de favorabilidad y la dinámica de la ejecución penal en Colombia. Con esta decisión, se establece un precedente importante que puede beneficiar a otros internos que trabajan durante su privación de la libertad, promoviendo la reinserción social y el respeto a los derechos laborales dentro del sistema penitenciario nacional.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles