Procedimiento administrativo sancionatorio sanitario
La circular establece que la Dirección de Responsabilidad Sanitaria del Invima es la encargada de adelantar y tramitar los procesos sancionatorios derivados de las actividades de inspección, vigilancia y control sobre productos y asuntos bajo la competencia de la entidad. La delegación de facultades para imponer sanciones recae en el director de esta dirección.
El procedimiento puede iniciarse de oficio, por queja, acciones judiciales o requerimientos de otras autoridades. Se detallan las etapas del procedimiento, que incluyen el auto de inicio, auto de archivo o abstención, auto de traslado de cargos, presentación de descargos en un término de quince días hábiles, auto de pruebas, cierre del periodo probatorio, alegatos de conclusión y la resolución de calificación que puede ser exoneratoria o sancionatoria.
Las sanciones aplicables contemplan amonestación, multas sucesivas hasta por el equivalente a 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, decomiso de productos, suspensión o cancelación de registros o licencias, y cierre temporal o definitivo de establecimientos. La dirección debe aplicar criterios para graduar la sanción, tales como el daño generado, beneficio económico, reincidencia, resistencia a la acción investigadora, uso de medios fraudulentos, diligencia en el cumplimiento normativo, renuencia en el cumplimiento de órdenes y reconocimiento previo de la infracción.
Renuencia y mecanismos de ejecución de órdenes incumplidas
Para casos de renuencia, la Dirección de Responsabilidad Sanitaria cuenta con facultades para imponer multas en dos escenarios principales: la negativa a suministrar información requerida en investigaciones administrativas y el incumplimiento de obligaciones no dinerarias impuestas por la entidad.
En el caso de renuencia a suministrar información, se podrá imponer una multa hasta por cien salarios mínimos legales mensuales vigentes. Se garantiza el derecho de defensa mediante un auto de inicio que concede un plazo de diez días hábiles para presentar explicaciones.
Respecto a la renuencia por incumplimiento de obligaciones no dinerarias, se pueden imponer multas sucesivas entre uno y quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes, otorgando plazos razonables para el cumplimiento.
Recursos y firmeza de los actos administrativos
Contra las decisiones de fondo emitidas por la Dirección de Responsabilidad Sanitaria procede recurso de reposición dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación. No es procedente el recurso de apelación, ya que la competencia sancionatoria es de única instancia. La dirección resolverá el recurso de reposición de plano o mediante la práctica de pruebas cuando sea necesario.
Los actos administrativos quedarán en firme cuando no procedan recursos, hayan sido notificados y vencido los términos para su impugnación, o se haya aceptado desistimiento. La dirección emitirá constancia de ejecutoria para actos administrativos firmes y podrá requerir colaboración de otras entidades, incluida la Policía Nacional, para el cumplimiento de obligaciones.
Notificaciones, caducidad y actualización de procedimientos
La circular detalla los distintos medios de notificación, incluyendo notificación personal, electrónica, por aviso y por publicación, asegurando el debido proceso y comunicación efectiva a los interesados.
La facultad sancionatoria caduca a los tres años desde ocurrido el hecho generador de la sanción. Además, se establece que la dirección debe actualizar los procedimientos internos relacionados con los procesos administrativos sancionatorios y los mecanismos de imposición de multas por renuencia.
Conclusión
Esta circular fortalece la gestión administrativa sancionatoria sanitaria en el Invima, garantizando una aplicación estandarizada, transparente y acorde con los principios constitucionales y legales. Facilita la defensa de los investigados y promueve la efectividad en la ejecución de las órdenes administrativas para proteger la salud pública, asegurando que los procesos se desarrollen con respeto a los derechos y garantías de las partes involucradas. De esta manera, se contribuye al cumplimiento de la normatividad sanitaria y al fortalecimiento de la confianza en las instituciones encargadas de la vigilancia y control.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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