Contexto y tribunal competente
El 25 de noviembre de 2025, el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) presentó una demanda de nulidad ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, solicitando que se declarara la nulidad del diploma con número de registro 4440450, expedido el 23 de agosto de 2022 por el Centro Tecnológico de la Amazonia del SENA Regional Caquetá. Este diploma certificaba el título de operario en manejo de máquinas de confección industrial de ropa exterior.
El medio de control utilizado fue la nulidad administrativa, prevista en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), mecanismo que permite impugnar actos administrativos particulares y concretos cuando se acreditan causales de nulidad o cuando su eventual afectación puede generar un grave impacto en el orden público, político, económico, social o ecológico.
Antecedentes fácticos y procesales
El SENA, como entidad demandante y a la vez demandada, alegó que el diploma en cuestión se expidió sin cumplir con todos los requisitos formales y sustanciales exigidos, especialmente en lo relativo a la culminación y aprobación de la etapa productiva de la formación. Asimismo, señaló que en los archivos institucionales no consta el acta de grado que avale la obtención del título por parte de la aprendiz afectada.
Previamente, la misma Sección Primera había analizado casos similares, estableciendo que cuando la administración cuestiona la legalidad de sus propios actos administrativos concretos que otorgan títulos o certificaciones, el medio procesal adecuado es la nulidad y restablecimiento del derecho, salvo excepciones como la contemplada en el numeral 3 del artículo 137 del CPACA.
Consideraciones de la providencia
La Sala concluyó que el diploma en cuestión configura un acto administrativo de contenido particular y concreto que define derechos y obligaciones para la persona a quien se le otorgó. Sin embargo, dada la posible afectación grave al orden público y social derivada de la expedición irregular del título, se aplicó la excepción que permite tramitar la demanda mediante el medio de control de nulidad.
El tribunal destacó que los títulos expedidos por el SENA certifican competencias profesionales con impacto directo en la vida productiva del país. Por ello, la eventual expedición de diplomas sin el cumplimiento riguroso de los requisitos legales compromete la confianza en el mercado laboral y en la institución educativa.
En consecuencia, la demanda fue admitida para su trámite correspondiente, ordenándose las notificaciones a las partes involucradas y la remisión del expediente administrativo que sustenta el acto demandado, con el fin de profundizar en el análisis de los hechos y la legalidad del diploma otorgado.
Implicaciones y próximos pasos
La admisión de esta demanda evidencia la función de control judicial sobre actos administrativos que afectan derechos individuales y el interés público, especialmente en el ámbito educativo y laboral. El proceso continuará con la valoración de las pruebas y argumentos que permitan determinar la legalidad o nulidad definitiva del diploma cuestionado.
Esta decisión subraya la importancia de garantizar que las certificaciones profesionales cumplan con los estándares legales y formativos, preservando así la integridad del sistema educativo y la confianza social en los títulos que habilitan a los ciudadanos para el ejercicio de sus oficios.
En síntesis, el Consejo de Estado, a través de un auto admisorio, abrió camino para revisar la validez de un diploma expedido por el SENA, en atención a posibles irregularidades formales y sustanciales, protegiendo así el interés general y la seguridad jurídica en la administración pública educativa.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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