Contexto y procedimiento judicial
En el proceso ordinario laboral radicado en el Tribunal Superior de Popayán, se resolvió la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Popayán, en la que se reconoció la pensión de invalidez y el pago de retroactivos a un afiliado que presentó una pérdida de capacidad laboral superior al 50% debido a enfermedades crónicas y degenerativas.
El demandante solicitó el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez con base en la Ley 860 de 2003 y la Ley 100 de 1993, alegando que cumplía con los requisitos de semanas cotizadas y que la fecha de estructuración de la invalidez debía ajustarse a circunstancias específicas de su situación médica y laboral. Colpensiones se opuso a la demanda, aduciendo falta de cumplimiento de los requisitos legales y formulando excepciones de mérito.
Consideraciones del Tribunal Superior
El Tribunal, en ejercicio de su competencia conforme al artículo 66 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, revisó los recursos de apelación presentados por ambas partes. Atendiendo al principio de consonancia, se centró en la valoración de los requisitos para el reconocimiento de la pensión, la fecha de causación del derecho y la procedencia de intereses moratorios.
El tribunal confirmó que el demandante padecía enfermedades crónicas, degenerativas y progresivas, las cuales justifican una aplicación excepcional para fijar la fecha de estructuración de la invalidez en la última cotización realizada, el 31 de enero de 2017, y no en la fecha inicial fijada en dictámenes previos. Se destacó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que permite esta flexibilización para proteger a personas con patologías de curso degenerativo o crónico.
Además, se verificó que el demandante acreditó más de 50 semanas cotizadas dentro de los tres años anteriores a esa fecha, cumpliendo con el artículo 39 de la Ley 100 de 1993 en su redacción modificada por la Ley 860 de 2003. La actividad laboral informal y las cotizaciones efectuadas mediante el régimen subsidiado fueron consideradas válidas, dado que reflejan una capacidad laboral residual y no un fraude al sistema.
Respecto a la prescripción, el Tribunal mantuvo la declaratoria de prescripción de las mesadas causadas antes del 27 de julio de 2018, ya que la reclamación administrativa y la demanda se presentaron dentro del término legal de tres años.
En relación con los intereses moratorios del artículo 141 de la Ley 100 de 1993, el Tribunal revocó la negativa de primera instancia y condenó a Colpensiones al pago de dichos intereses desde el 27 de julio de 2018 hasta el pago efectivo del retroactivo pensional, considerando que para la fecha de la solicitud ya existía jurisprudencia clara sobre la materia, que la entidad omitió aplicar.
Impacto económico de la decisión
La actualización de la condena incluyó un retroactivo pensional que asciende a la suma de $109.268.523 y unos intereses moratorios calculados en $86.590.587 hasta abril de 2026, totalizando aproximadamente $195.859.109. Estos valores serán reajustados conforme a los incrementos legales y normas aplicables.
Conclusión
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Popayán reafirmó la protección especial que debe brindarse a las personas con discapacidad y enfermedades crónicas en el acceso a la seguridad social, aplicando criterios jurisprudenciales que flexibilizan los requisitos para el reconocimiento de pensiones de invalidez en estos casos. La decisión también enfatiza la obligación de las administradoras de pensiones de atender oportunamente las solicitudes y aplicar las normas vigentes para evitar perjuicios económicos a los afiliados.
Esta providencia destaca la importancia de la interpretación judicial contextualizada y el respeto a los derechos fundamentales en materia pensional, en especial para población vulnerable, consolidando un precedente relevante para futuras solicitudes similares y fortaleciendo la garantía de derechos en el sistema de seguridad social colombiano.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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