Consejo de Estado rechaza recurso de queja contra auto del Tribunal Administrativo del Atlántico
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2026 15:25:17
Contexto y competencia judicial
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado conoció un recurso de queja contra el auto del Tribunal Administrativo del Atlántico, proferido el 18 de marzo de 2025. Este auto rechazó un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto contra la sentencia del 8 de noviembre de 2024, mediante la cual se confirmaron fallos previos que negaron una demanda de reparación directa.
El Consejo de Estado actúa en calidad de superior funcional frente al Tribunal Administrativo del Atlántico, y su competencia para conocer del recurso de queja se encuentra regulada en el artículo 245 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La acción judicial originó en una demanda de reparación directa presentada por un grupo familiar contra el Municipio y el Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico. En primera instancia, el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Barranquilla negó la demanda. Esta decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo del Atlántico en segunda instancia.
Posteriormente, la parte demandante interpuso un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de segunda instancia. El Tribunal Administrativo del Atlántico rechazó dicho recurso por no estar fundado en una sentencia previa de unificación del Consejo de Estado, lo que motivó la interposición del recurso de queja ante esta última corporación.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Consejo de Estado analizó la procedencia y oportunidad del recurso de queja conforme a las normas aplicables. El artículo 245 del CPACA establece que este recurso debe interponerse...
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