Contexto procesal y tribunal competente
La providencia fue proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera - Subsección A, en decisión adoptada el 22 de mayo de 2026. El recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia fue interpuesto contra la sentencia del 28 de agosto de 2025 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, en un proceso de reparación directa contra el Ministerio de Salud y Protección Social y otras entidades.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda presentada en ejercicio del medio de control de reparación directa contra la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social, Caprecom EPS Liquidado, Asmet Salud EPS y otras entidades. La demanda buscaba que se declarara la responsabilidad por los perjuicios causados durante la atención médica que condujo al fallecimiento de una paciente.
En primera instancia, el Juzgado Treinta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá declaró la responsabilidad de Caprecom EPS Liquidado y Asmet Salud EPS, condenándolas al pago de perjuicios morales y ordenando una reparación no pecuniaria a favor de las víctimas. Las demás pretensiones de la demanda fueron negadas.
En segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó parcialmente esta decisión, limitando la responsabilidad exclusivamente a Caprecom EPS Liquidado y modificando la indemnización por perjuicios morales. Esta modificación generó el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia, debido a que, según la parte demandante, la sentencia desconoció un precedente unificador del Consejo de Estado proferido en 2017.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado verificó que el recurso extraordinario de unificación cumplía con los requisitos formales y sustanciales previstos en la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, incluyendo la cuantía mínima exigida para este tipo de procesos, que en este caso supera los 450 salarios mínimos mensuales legales vigentes, ya que la indemnización fijada por perjuicios morales fue equivalente a 700 salarios mínimos.
Asimismo, se constató que los recurrentes contaban con legitimación para interponer el recurso y que fue presentado dentro del término legal correspondiente, cumpliendo con los requisitos de designación precisa de las partes, indicación de la providencia impugnada, exposición concreta de los hechos y señalamiento claro del precedente jurisprudencial que se estimaba desconocido.
El argumento central para la admisión del recurso radica en que la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca habría desconocido el precedente unificador del Consejo de Estado de 2017, que estableció criterios para el reconocimiento del lucro cesante en favor de familiares que realizaron labores de cuidado en el hogar, reivindicando así el papel social y económico de la mujer en estos procesos.
Decisión y trámite
En consecuencia, el Consejo de Estado admitió el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia y ordenó su trámite conforme a lo previsto en el artículo 266 de la Ley 1437 de 2011. Además, dispuso notificar personalmente a las entidades demandadas, al Ministerio Público y demás sujetos procesales involucrados, utilizando los canales electrónicos establecidos en la normativa vigente.
Esta decisión permitirá revisar la posible divergencia jurisprudencial entre la sentencia impugnada y el precedente unificador, con miras a consolidar criterios uniformes en materia de reparación directa en casos relacionados con perjuicios derivados de la atención médica.
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Esta providencia refleja la importancia del recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia como mecanismo para garantizar la coherencia y estabilidad del ordenamiento jurídico en Colombia, especialmente en temas sensibles como la responsabilidad estatal y la reparación de daños. Con esta admisión, se fortalece la protección de los derechos de las víctimas y se promueve una interpretación uniforme que contribuye a la seguridad jurídica en el país.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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