Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, máxima autoridad en justicia administrativa, a través de un auto aclaratorio emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, se pronunció sobre el fundamento jurídico para la condena en costas en segunda instancia en procesos tributarios contencioso-administrativos. Esta providencia surge en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por una empresa de servicios públicos frente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó tras una demanda contra la Superintendencia, en la cual se discutió la imposición de condena en costas en segunda instancia. En la sentencia inicial, el tribunal adoptó un criterio basado en un fallo anterior proferido en septiembre de 2025, que había establecido la condena en costas en asuntos tributarios, apartándose de precedentes previos de la misma Sección.
Sin embargo, recientemente el Consejo Superior de la Judicatura emitió el Acuerdo PCSJA25-12355 de 2025, publicado el 28 de noviembre de 2025, que establece las tarifas aplicables a las agencias en derecho para procesos contencioso-administrativos en materia tributaria, definiendo con precisión las condiciones para la condena en costas en primera, segunda y única instancia.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La magistrada que aclaró su voto en esta decisión explicó que la sentencia previa de septiembre de 2025, aunque aplicada en varios casos, fue dictada en un contexto específico y con efectos inter partes, y por tanto no debe ser el fundamento principal para la condena en costas en estos procesos. En cambio, el sustento jurídico adecuado se encuentra en el artículo 365 del Código General del Proceso y en el mencionado Acuerdo del Consejo Superior de la Judicatura.
El artículo 365 del Código General del Proceso regula expresamente la condena en costas, estableciendo criterios claros para su imposición en los procesos judiciales. Por su parte, el Acuerdo PCSJA25-12355 define las tarifas y condiciones específicas para los procesos tributarios en sede contencioso-administrativa, otorgando un marco actualizado y uniforme para determinar las costas en estos casos.
De este modo, la Sala reafirma la necesidad de aplicar un fundamento jurídico robusto y actualizado para la condena en costas, garantizando seguridad jurídica y coherencia en la administración de justicia en materia tributaria.
Implicaciones de la aclaración
Esta aclaración de voto representa un importante ajuste en la interpretación sobre la condena en costas en procesos tributarios dentro de la jurisdicción contencioso-administrativa. Se establece un criterio basado en la normativa vigente y los acuerdos institucionales, desplazando criterios anteriores que, aunque aplicados, no cuentan con el mismo respaldo normativo.
Con esta decisión, el Consejo de Estado contribuye a la precisión y uniformidad en la aplicación del derecho procesal administrativo, especialmente en un ámbito tan sensible como los procesos tributarios, donde las decisiones sobre condenas en costas tienen un impacto económico significativo para las partes involucradas.
En conclusión, esta providencia fortalece la seguridad jurídica y proporciona un marco claro para la imposición de costas en segunda instancia en procesos tributarios, lo que beneficia tanto a los administrados como a las entidades públicas en la adecuada administración de justicia.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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