Consejo de Estado confirma improcedencia de apelación contra auto que ordenó seguir con ejecución
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2026 15:25:52
Providencia del Consejo de Estado en segunda instancia
El Tribunal Administrativo de una jurisdicción regional emitió un mandamiento de pago contra la entidad ejecutada por una suma determinada, la cual incluía intereses moratorios. Ambas partes presentaron recursos de reposición con argumentos contrapuestos: la parte ejecutante solicitaba la inclusión de costas, mientras que la entidad demandada alegaba cumplimiento de la sentencia y cuestionaba aspectos sobre la obligación y el cálculo de intereses.
Posteriormente, el tribunal repuso el mandamiento para incluir las costas y aclaró que la entidad ejecutada no había contabilizado los intereses moratorios conforme a las normas aplicables. En diciembre de 2020, se emitió un auto ordenando continuar con la ejecución y solicitando la presentación de la liquidación correspondiente.
La entidad interpuso recurso de apelación contra este auto, argumentando que había cumplido con la sentencia y que la decisión que ordenaba seguir con la ejecución equivalía a una sentencia apelable. Sin embargo, el Tribunal Administrativo rechazó el recurso por improcedente, señalando que según el artículo 440 del Código General del Proceso (CGP), el auto que ordena continuar con la ejecución cuando no se han propuesto excepciones no admite recurso alguno.
Consideraciones jurídicas fundamentales
El Consejo de Estado, en calidad de instancia superior, analizó el recurso de queja interpuesto contra la decisión que negó la apelación. Se recordó que el recurso de queja sirve para que el superior evalúe si fue correcta la negativa a conceder apelación cuando corresponde.
El análisis se centró en la naturaleza jurídica del auto que ordena seguir adelante con la ejecución. Según el artículo 440 del CGP, dicho auto es inimpugnable cuando...
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