Tribunal Superior de Valledupar confirma auto sobre excepciones en proceso ejecutivo contra Administradora Colombiana de Pensiones
Proviene de: Sentencias
30 de mayo de 2026 15:37:46
Contexto y tribunal competente
El presente auto interlocutorio fue dictado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, en segunda instancia, para resolver un recurso de apelación interpuesto contra una decisión del Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar. La Sala Tercera de Decisión Civil, Familia y Laboral tiene competencia para conocer apelaciones contra autos que resuelven excepciones en procesos ejecutivos, conforme al artículo 15 literal B numeral 1 y artículo 65 numeral 9 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo laboral se originó tras una demanda promovida para hacer efectivo un derecho pensional reconocido mediante sentencia judicial. La parte demandante solicitó el pago de la pensión de sobrevivientes y retroactivos adeudados por Colpensiones, así como la inclusión en nómina de beneficiarios, incluyendo a una menor de edad.
La sentencia de primera instancia reconoció el derecho a la pensión y ordenó a Colpensiones el pago de mesadas pensionales, retroactivos e intereses moratorios. Posteriormente, la Sala de Decisión Civil, Familia y Laboral modificó parcialmente esta sentencia, ajustando la distribución de la mesada pensional y revocando la condena al pago de intereses moratorios a favor de la demandante.
Colpensiones interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia. En cumplimiento de la sentencia, el Juzgado Tercero Laboral libró mandamiento de pago por las sumas adeudadas, incluyendo costas procesales y decretó medidas cautelares.
Durante la ejecución, la entidad demandada presentó excepciones de mérito, entre ellas el pago total de la obligación, alegando que había cumplido con los pagos ordenados y que no...
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