Tribunal Superior de Valledupar revoca auto y ordena práctica de prueba testimonial en proceso laboral
Proviene de: Sentencias
30 de mayo de 2026 15:37:33
Contexto y naturaleza de la decisión
En segunda instancia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar conoció y resolvió un recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido en primera instancia por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Valledupar (Cesar). La providencia judicial, de carácter resolutorio, analiza la negación del decreto de pruebas testimoniales solicitadas en la contestación de la demanda dentro de un proceso ordinario laboral.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso laboral fue promovido por un trabajador que solicitó que se declarara la existencia de un contrato laboral con una empresa demandada, así como la responsabilidad solidaria de otras entidades vinculadas al proyecto vial “Ruta del Sol, sector 3”. El demandante reclamó el pago de salarios adeudados, prestaciones sociales, indemnizaciones y otros conceptos derivados de la terminación del vínculo laboral.
Durante el trámite, el Juzgado Cuarto Laboral admitió la demanda y notificó a las partes. La demandada principal se abstuvo de oponerse a algunas pretensiones y formuló excepciones de fondo. Entre las actuaciones procesales, se negó el decreto de las pruebas testimoniales solicitadas en la contestación de la demanda, por considerar que no se habían precisado los hechos concretos sobre los cuales versaría el testimonio, requisito exigido por el artículo 212 del Código General del Proceso (CGP).
Consideraciones jurídicas y fundamento de la revocatoria
El Tribunal Superior examinó si la decisión de negar la práctica de las pruebas testimoniales fue ajustada a derecho. La Sala recordó que el derecho a probar los hechos es intrínseco al derecho de defensa y contradicción, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política. Además, enfatizó...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.