Tribunal Superior de Valledupar revoca fallo y concede tutela por vulneración del derecho de petición en caso de programa educativo del ICBF
Proviene de: Sentencias
30 de mayo de 2026 15:39:51
Contexto y competencia
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar conoció, en segunda instancia, la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela proferido por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar. Este último había declarado improcedente el amparo constitucional solicitado por un beneficiario del programa “sueños” del ICBF, quien alegaba la vulneración de sus derechos fundamentales de petición, debido proceso y educación.
El tribunal superior, conforme al artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, confirmó su competencia para resolver este recurso en segunda instancia, en el marco de la jurisdicción constitucional.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante se encontraba desde 2021 bajo custodia del ICBF y participaba en el proceso de resocialización a través del programa “sueños”, que incluye apoyo para estudios universitarios en la Fundación Universitaria del Área Andina, sede Valledupar. A pesar de haber iniciado su carrera en Ingeniería Civil y aprobado varios semestres, la entidad notificó la suspensión del beneficio que le permitía continuar sus estudios, debido a limitaciones presupuestales.
Tras presentar reclamaciones y solicitudes de prórroga para continuar en el programa, inicialmente se restableció el apoyo. Sin embargo, en julio de 2025, se informó nuevamente sobre la suspensión del beneficio, situación que motivó la acción de tutela.
El juzgado de primera instancia declaró improcedente el amparo al considerar que el accionante no cumplió con los requisitos de subsidiariedad e inmediatez, pues no acreditó haber hecho solicitudes previas ni haber actuado con la prontitud requerida.
Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El tribunal superior realizó un análisis exhaustivo sobre la procedencia de la acción...
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