Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución 5184 de 2026 fue expedida el 20 de mayo de 2026 por el Registrador Nacional del Estado Civil y publicada en el Diario Oficial No. 53.504 el 28 de mayo de 2026. Se trata de un acto administrativo que fija los términos para la entrega de pliegos electorales en el departamento de La Guajira, en el marco de las elecciones presidenciales previstas para el 31 de mayo de 2026.
Tema principal y destinatarios
El asunto principal de esta resolución es la regulación detallada de los tiempos y lugares para la entrega de los pliegos electorales provenientes de corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo claveros en La Guajira. El destinatario principal son los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil, así como los registradores especiales y municipales encargados del proceso electoral en este departamento. Su relevancia radica en la función que cumplen estos funcionarios para garantizar el traslado y custodia adecuada de los documentos electorales, vital para la transparencia y legalidad del sufragio.
Objetivo de la resolución
El objetivo es establecer un calendario preciso que regule la entrega de los pliegos electorales, permitiendo que los documentos sean trasladados y recibidos en los sitios de escrutinio ubicados en las cabeceras municipales dentro de los plazos establecidos por la ley. Esto contribuye a la organización eficiente del proceso electoral y asegura que el escrutinio pueda concluir sin demoras por falta de documentos.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución fija fechas y horas específicas para la entrega de los pliegos electorales en 26 puestos de votación distribuidos en municipios como Riohacha, Dibulla, Maicao y Uribia. Por ejemplo, en Riohacha, la entrega se realizará el 1 de junio de 2026 a las 12:00 horas, mientras que en Dibulla, para el puesto Sierra de San Antonio, la entrega será el 2 de junio a las 14:00 horas. Estos términos se establecen con base en las certificaciones de los delegados del Registrador Nacional en el departamento. Además, en caso de segunda vuelta presidencial, se mantendrán los mismos puestos y términos para la entrega.
Base legal y normativa relacionada
La resolución se fundamenta en diversas disposiciones legales, principalmente en el artículo 266 de la Constitución Política, que atribuye al Registrador Nacional del Estado Civil la dirección y organización del proceso electoral. También se basa en el Código Electoral (Decreto Ley 2241 de 1986), especialmente en los artículos que regulan la entrega y custodia de documentos electorales en zonas rurales, así como en el Decreto Ley 1010 de 2000 y la Ley Estatutaria 1475 de 2011, que regulan términos y procedimientos electorales.
Modificaciones y vigencia
No se señala que esta resolución modifique o revoque actos administrativos previos, aunque complementa la Resolución 2580 de 2025 que fijó el calendario electoral general para las elecciones presidenciales. La presente resolución rige a partir de su publicación y debe ser comunicada a los delegados y registradores encargados del proceso electoral en La Guajira.
Impacto potencial
Al establecer un cronograma claro y detallado para la entrega de los pliegos electorales en zonas rurales y corregimientos, la resolución contribuye a prevenir retrasos y dificultades en el proceso de escrutinio, fortaleciendo la seguridad y transparencia del proceso electoral. Esto es especialmente significativo en departamentos con condiciones geográficas particulares como La Guajira, donde la logística electoral requiere una planificación rigurosa.
| Municipio | Puesto de Entrega | Fecha | Hora |
| Riohacha | Monguí Pulichamana | 01/06/2026 | 12:00 |
| Riohacha | Villa Martín Copoyomana | 01/06/2026 | 12:00 |
| Dibulla | Sierra de San Antonio | 02/06/2026 | 14:00 |
| Maicao | Ipapure | 01/06/2026 | 10:00 |
| Uribia | Bahía Honda | 01/06/2026 | 15:00 |
En conclusión, la Resolución 5184 de 2026 representa un paso fundamental para garantizar la correcta logística y organización electoral en La Guajira, asegurando que los pliegos electorales sean entregados en tiempo y forma para el adecuado desarrollo de las elecciones presidenciales. La aplicación rigurosa de esta normativa permitirá fortalecer la confianza en el proceso electoral y contribuirá a la transparencia y legitimidad de los resultados en esta región del país.