Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Salud y Protección Social, buscaría adicionar el Título 3 a la parte 7 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. Esta iniciativa se enmarcaría en el desarrollo del artículo 18 de la Ley 1751 de 2015 y el artículo 82 de la Ley 2294 de 2023, y tendría como propósito principal mejorar las condiciones laborales del talento humano en salud, atendiendo mandatos constitucionales y compromisos internacionales en materia de trabajo digno y formalización laboral.
Propósito y grupos afectados
El proyecto se enfocaría en establecer medidas orientadas a fortalecer las condiciones de empleo y trabajo del talento humano en salud, entendido como todo el personal que interviene en la prestación de servicios de salud en Colombia. Las disposiciones serían aplicables a entidades públicas y privadas del sector, incluyendo Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), Empresas Sociales del Estado (ESE) y entidades territoriales departamentales, distritales y municipales. La propuesta buscaría garantizar la formalización progresiva del empleo, la estabilidad laboral, condiciones de trabajo dignas y la equidad territorial en la disponibilidad del personal de salud.
Modificaciones y medidas clave
El proyecto plantearía la creación de un Plan Institucional de Formalización Laboral del Talento Humano en Salud, que las entidades públicas deberían elaborar, adoptar e implementar como instrumento obligatorio para la gestión institucional de la formalización laboral. Dicho plan debería entregarse al Ministerio de Salud y Protección Social dentro de los 60 días siguientes a la expedición del decreto.
Asimismo, se establecerían orientaciones para la formalización laboral en entidades privadas, enfatizando el respeto a la normatividad laboral vigente y la prohibición de usar contratos de prestación de servicios para actividades permanentes. Se promoverían modalidades de vinculación laboral directa para funciones misionales permanentes.
El decreto también incluiría disposiciones para el fortalecimiento de la seguridad y salud en el trabajo, con énfasis en códigos de ética y buen gobierno para fomentar el buen trato en las relaciones laborales, la implementación de políticas de conciliación laboral y familiar, y la garantía de condiciones de seguridad pública y psicosocial para el talento humano en salud.
Acciones y supervisión
Se crearía un Comité Técnico para el fortalecimiento del empleo y trabajo del talento humano en salud, conformado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Trabajo, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la Superintendencia Nacional de Salud. Este comité tendría como función coordinar, analizar y brindar asistencia técnica en materia de formalización laboral y condiciones de empleo dignas, sin interferir en competencias sancionatorias o de control.
Además, el Ministerio de Trabajo y la Superintendencia Nacional de Salud realizarían visitas conjuntas de inspección, vigilancia y control para verificar las condiciones laborales y de bienestar del talento humano en salud, con el fin de garantizar la calidad y continuidad en la prestación de los servicios de salud.
Participación ciudadana y acceso al proyecto
El proyecto de decreto habría sido publicado y socializado en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social entre fechas específicas de 2026, permitiendo la participación ciudadana mediante observaciones y comentarios. Esta apertura facilitaría la revisión pública y la interacción con los actores del sector y la sociedad en general antes de su eventual adopción.
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