Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio del Trabajo, buscaría modificar el Decreto 1072 de 2015, conocido como el Único Reglamentario del Sector Trabajo. Esta iniciativa se fundamentaría en la Ley 2466 de 2025, que estableció nuevas disposiciones sobre seguridad social y riesgos laborales para trabajadores en plataformas digitales. La propuesta se enmarcaría en la necesidad de adaptar la legislación colombiana a las transformaciones del mundo laboral impulsadas por la economía digital y los nuevos esquemas de trabajo autónomo.
Tema principal y objetivos del proyecto
El propósito principal del proyecto sería reglamentar los aspectos relacionados con la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral para los trabajadores digitales que prestan servicios de reparto en modalidad independiente y autónoma. La medida tendría como objetivo garantizar la protección social de este sector, que opera bajo esquemas flexibles y discontinuos, y cuyos ingresos pueden ser variables y muchas veces precarios. El decreto buscaría proteger derechos constitucionales como la igualdad, la dignidad humana y el trabajo decente, alineándose con recomendaciones internacionales como las de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Modificaciones y medidas específicas propuestas
El proyecto adicionaría la Sección 9 al Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, estableciendo reglas claras para:
- Afiliación obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales a cargo de las empresas de plataformas digitales de reparto, con clasificación de riesgo según el Decreto 768 de 2022.
- Liquidación y pago de aportes concurrentes: el 60% correspondería a la empresa de plataforma y el 40% al trabajador digital.
- Para trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), se establecería un esquema progresivo de cotización basado en semanas cotizadas proporcionales al ingreso real, con exención de aportes contributivos en salud y aportes voluntarios al sistema de subsidio familiar.
- Para ingresos iguales o superiores a un SMLMV, se aplicarían las reglas generales del régimen contributivo con un ingreso base de cotización equivalente al 40% de los ingresos reales, garantizando un mínimo de un SMLMV para efectos de cotización.
- Obligación para las empresas de plataformas de actuar como agentes de retención y pago, reportar ingresos y novedades, y capacitar a los trabajadores en prevención de riesgos laborales.
- Facultades para el Ministerio de Salud y Protección Social para ajustar formularios y la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) con el fin de facilitar la afiliación y pago de aportes.
- Creación de una instancia de diálogo tripartita liderada por el Ministerio del Trabajo para seguimiento y coordinación de la implementación entre entidades del sector y representantes de trabajadores y plataformas.
Participación de actores clave
El proyecto involucraría, además del Ministerio del Trabajo como entidad emisora, a varias instituciones del Sistema General de Seguridad Social Integral, tales como el Ministerio de Salud y Protección Social, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). También se convocarían representantes de plataformas digitales de reparto y de los trabajadores digitales autónomos para conformar el comité de diálogo tripartito.
Implementación y participación ciudadana
El proyecto establecería un periodo de implementación de doce meses desde su publicación, durante el cual se adoptarían las medidas necesarias para la entrada en vigor de las obligaciones de cotización, retención, reporte y recaudo. Asimismo, el Ministerio del Trabajo habría publicado el texto para consulta pública en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), permitiendo la recepción de comentarios y observaciones de la ciudadanía y grupos de interés, en cumplimiento de los principios de transparencia y participación.
El decreto, de ser aprobado y promulgado, buscaría brindar un marco normativo que responda a las particularidades del trabajo en plataformas digitales, protegiendo a los trabajadores de reparto en modalidad independiente y autónoma, sin que ello implique el reconocimiento de una relación laboral subordinada con las empresas de plataforma.
La entrada en vigor del decreto estaría supeditada al cumplimiento del periodo de implementación y a la adecuación tecnológica de los sistemas administrativos involucrados, como la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), garantizando así un proceso ordenado y efectivo que beneficie a todas las partes involucradas.