Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito modificar los artículos 1.3.10.1, 1.3.2.1, 1.3.4.7.3, 1.3.5.2.1, 1.3.5.8.1, 1.3.5.12.1, 1.3.12.17 y 3 de la Resolución 000227 de 2025, que regulan la presentación de la información exógena tributaria, para corregir inconsistencias técnicas detectadas en los formatos y garantizar la adecuada presentación de la información por parte de los obligados. Además, el proyecto amplía los plazos para la entrega de dicha información correspondiente al año gravable 2025.
El objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales mediante la actualización de especificaciones técnicas, la clarificación de requisitos y la extensión de los plazos para presentar la información exógena, beneficiando a los contribuyentes, entidades públicas y demás sujetos obligados.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto modifica las especificaciones técnicas de los formatos 2820, 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834, 2835, 2839 y 2840, con énfasis en:
- Establecer llaves únicas en elementos específicos de los formatos 2839 y 2840 para permitir la presentación correcta de la información ante la DIAN.
- Incluir un parágrafo que excluye la duplicidad de reporte en ciertos formatos, evitando que la misma información sea reportada en más de un formato (por ejemplo, información de pagos o abonos en cuenta y retenciones).
- Ajustar requisitos en campos obligatorios para evitar errores en la presentación y procesamiento de la información.
- Publicar los anexos técnicos correspondientes a los formatos mencionados, que en resoluciones anteriores no fueron incluidos en su totalidad en el Diario Oficial.
Medidas específicas y plazos extraordinarios
El proyecto establece plazos extraordinarios para la presentación de los formatos de información exógena tributaria del año gravable 2025, que deben reportarse en 2026, de la siguiente manera:
- Formatos 2839 y 2840: plazo hasta el 31 de agosto de 2026.
- Formato 2820: para quienes presentaron sin el uso del Instrumento de Firma Electrónica o no presentaron debido a dificultades técnicas, plazo hasta el 31 de julio de 2026; para los demás, hasta el 31 de agosto de 2026.
- Formatos 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834 y 2835: plazo hasta el 31 de agosto de 2026.
Estas medidas buscan garantizar que los sujetos obligados puedan cumplir con la presentación de información en la forma y tiempo adecuados, sin incurrir en sanciones por errores involuntarios relacionados con el uso de la firma electrónica.
Impacto y alcance potencial
Las modificaciones y ampliaciones de plazo tienen un impacto positivo en la gestión tributaria, ya que facilitan la presentación de información exógena de manera correcta y oportuna. Esto contribuye a:
- Mejorar la calidad y confiabilidad de la información tributaria disponible para la DIAN.
- Reducir obstáculos técnicos y formales para los contribuyentes y entidades obligadas.
- Garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones tributarias formales, acorde con los principios constitucionales de eficacia y economía administrativa.
El proyecto favorece a personas jurídicas, entidades públicas y privadas, agencias gubernamentales como el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Ministerio de Trabajo, la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC-Colombia), y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), entre otros, que deben reportar información específica mediante los formatos mencionados.
Participación de actores clave
El proyecto fue elaborado por la Dirección de Gestión de Fiscalización y la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica de la DIAN, con revisión y aprobación de las áreas jurídicas y de gestión de la entidad. Además, fue sometido a consulta pública en la página web de la DIAN durante el periodo establecido para recibir comentarios y observaciones, cumpliendo con los requisitos legales de transparencia y participación ciudadana.
Consideraciones finales
El proyecto de resolución se fundamenta en las facultades legales conferidas a la DIAN por el Decreto 1742 de 2020 y el Estatuto Tributario, y se ajusta a las directrices de técnica normativa. No genera impacto económico ni presupuestal adicional y no afecta el medio ambiente ni el patrimonio cultural de la Nación.
La publicación y aplicación de esta resolución buscan fortalecer la gestión tributaria mediante la correcta administración y presentación de la información exógena, contribuyendo al adecuado control fiscal y al cumplimiento de la normativa vigente. De esta manera, se espera facilitar el cumplimiento formal de los contribuyentes y mejorar la eficiencia en la gestión de la información tributaria por parte de la DIAN.