Consejo de Estado fija litigio sobre tarifa del IVA para patinetas eléctricas frente a la DIAN
Proviene de: Sentencias
1 de junio de 2026 13:38:20
Contexto y antecedentes procesales
La Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado emitió un auto de trámite el 28 de mayo de 2026 dentro del proceso de nulidad radicado bajo el número 11001-03-27-000-2025-00076-00. En este proceso, los demandantes solicitaron la nulidad de apartes del oficio 353 de abril de 2020 y del concepto 003311 (355) de mayo de 2024 expedidos por la DIAN. Dichos actos administrativos concluyeron que los patines, monopatines y patinetas cuyo valor supere 50 UVT están gravados con la tarifa general del IVA del 19%.
Los demandantes propusieron como prueba un concepto técnico pericial para clasificar las patinetas eléctricas, con el fin de incluirlas dentro del concepto de ciclomotor, lo cual fue considerado por el tribunal como prueba inútil para resolver la cuestión legal planteada, ya que el asunto se centra en la interpretación abstracta del artículo 468-1 del Estatuto Tributario para determinar las tarifas aplicables.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El despacho señaló que, conforme al artículo 168 del Código General del Proceso, el juez debe rechazar pruebas ilícitas, impertinentes, inconducentes o inútiles. En este caso, la prueba pericial solicitada no aportaría elementos necesarios para resolver el fondo del asunto, por lo que fue negada. Sin embargo, se admitieron como pruebas válidas los documentos aportados con la demanda.
Además, se aplicaron las causales previstas en el numeral 1° del artículo 182A del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para prescindir de la audiencia inicial, dado que el caso es de puro derecho y no requiere más pruebas.
En cuanto a la fijación del litigio,...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.