Consejo de Estado confirma negación de medida cautelar sobre valor de reposición en consultas presidenciales
Proviene de: Sentencias
1 de junio de 2026 13:39:41
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en única instancia, en el marco de una acción de nulidad contra la Resolución 12111 del 23 de diciembre de 2025, expedida por el Consejo Nacional Electoral. La demanda cuestiona parcialmente dicha resolución por supuesta vulneración de varios artículos constitucionales y del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en relación con el valor fijado para la reposición por voto válido en consultas políticas para la elección de candidatos presidenciales.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante solicitó la nulidad parcial de la Resolución 12111, argumentando que el incremento en el valor de reposición de votos —fijado en $8.287 para las consultas de 2026— representaba un aumento desproporcionado del 224,35% respecto al monto establecido en 2025 ($2.555). Se alegó que esta diferencia carecía de soporte técnico adecuado, afectaba el principio de igualdad, tenía un impacto fiscal considerable y generaba un desequilibrio que favorece a los grupos con mayor votación en detrimento del pluralismo político.
Adicionalmente, se pidió la suspensión provisional de los efectos de los artículos 1.º y 4.º de la Resolución 12111 para evitar perjuicios patrimoniales mientras se decidía el fondo del asunto. Sin embargo, mediante auto del 16 de abril de 2026, la Sala negó esta medida cautelar, considerando que la fijación del monto se sustentó en la actualización del valor establecido en una resolución anterior para consultas presidenciales, ajustado mediante la acumulación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE para los años 2022,...
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