Tribunal Superior de Riohacha confirma inexistencia de responsabilidad solidaria del ICBF en proceso laboral sobre contrato de prestación de servicios en primera infancia
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:23
Contexto y tribunal que profiere la sentencia
La providencia objeto de análisis es una sentencia proferida por la Sala de Decisión Civil - Familia - Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, en segunda instancia, con ponencia de la magistrada ponente. Esta instancia revisó el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Laboral del Circuito de San Juan del Cesar, La Guajira.
Antecedentes del proceso
El proceso laboral ordinario fue instaurado por un trabajador que reclamó la existencia de un contrato de trabajo y el pago de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social, indemnizaciones y demás acreencias laborales por el tiempo que laboró entre octubre y diciembre de 2012. La demanda se dirigió contra una persona natural, propietaria y representante legal de un establecimiento educativo, y solidariamente contra el Ministerio de Educación Nacional (MEN), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (FONADE).
El demandante alegó que fue contratado verbalmente para desempeñar funciones de psicólogo en el entorno familiar, cumpliendo horario y subordinación, y que la relación terminó sin que le fueran canceladas las acreencias laborales correspondientes. Sostuvo que existía responsabilidad solidaria de las entidades públicas en virtud del artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), dado que dichas entidades se beneficiaban de la labor que él desempeñaba en el marco de un programa de atención integral a la primera infancia.
Consideraciones del Tribunal Superior
El tribunal de primera instancia reconoció la existencia del contrato de trabajo con la persona natural demandada y condenó a esta al pago de las acreencias...
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