Tribunal Superior de Santa Marta confirma reconocimiento y pago de bono pensional contra Porvenir S.A. y entidades públicas
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:34
Providencia judicial en segunda instancia por bono pensional
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, en Sala Primera de Decisión Laboral, el 24 de abril de 2026, emitió sentencia en el proceso ordinario laboral seguido por una demandante contra Porvenir S.A. y varios entes públicos. La providencia resuelve recursos de apelación interpuestos por Porvenir S.A. y el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, y surte el grado jurisdiccional de consulta a favor de esta última y del Departamento del Magdalena, en contra de la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta el 29 de enero de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, quien cumplió los requisitos para acceder a la Garantía de Pensión Mínima de Vejez, solicitó a Porvenir S.A. el reconocimiento y pago de dicha prestación desde marzo de 2014. Porvenir S.A. negó la solicitud argumentando falta de certificación de aportes realizados a la extinta Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal) por periodos laborados en entidades públicas actualmente en liquidación.
Durante el proceso, se vinculó como litisconsortes necesarios a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), al Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, al Departamento del Magdalena, a varias entidades hospitalarias y a una empresa prestadora de servicios de salud.
El juzgado de primera instancia condenó a Porvenir S.A. a reconocer y pagar el bono pensional desde octubre de 2015, con retroactivo calculado desde esa fecha, además de intereses moratorios y...
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