Tribunal Superior de Santa Marta confirma existencia de contrato laboral en caso contra ESE Hospital Universitario
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 5:0:53
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Laboral, en segunda instancia, emitió una sentencia el 16 de abril de 2026, dentro del proceso ordinario laboral iniciado por un técnico en mantenimiento contra la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital Universitario. La providencia responde a la apelación interpuesta por la entidad hospitalaria contra la decisión proferida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Santa Marta en agosto de 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante interpuso acción para que se reconociera la existencia de una relación laboral a término indefinido desde enero de 2014 hasta septiembre de 2020, periodo durante el cual prestó servicios en la entidad en calidad de técnico en mantenimiento. Reclamó el pago de prestaciones sociales, indemnizaciones y demás derechos derivados del contrato laboral, argumentando que la relación se desarrolló bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios sin el reconocimiento correspondiente de derechos laborales.
La ESE Hospital Universitario negó la existencia de la relación laboral, alegando que el vínculo se configuró mediante órdenes de prestación de servicios independientes, justificando que las labores desempeñadas no tenían carácter permanente y que no existía subordinación ni demás elementos propios del contrato de trabajo. Además, planteó excepciones procesales como inexistencia del derecho y prescripción.
El juzgado de primera instancia declaró la existencia del contrato laboral y condenó a la entidad al pago de diversas prestaciones sociales e indemnizaciones, absolviéndola de otras pretensiones. En contra de esta decisión, la ESE interpuso recurso de apelación.
Consideraciones jurídicas y análisis de la Sala Laboral
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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