Tribunal Superior de Pereira confirma sanción por desacato en acción popular contra establecimiento comercial
Proviene de: Sentencias
3 de junio de 2026 21:8:44
Providencia judicial en acción popular por incumplimiento de sentencia
El Tribunal Superior de Pereira, en segunda instancia y mediante auto del 27 de febrero de 2026, confirmó la sanción impuesta por un juzgado de primera instancia a un representante legal de un establecimiento comercial de la ciudad de Pereira, Risaralda. La sanción consiste en una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, dirigida al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos de la Defensoría del Pueblo, por desacato a una orden judicial emitida en el marco de una acción popular.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la presentación de una acción popular en junio de 2021 orientada a proteger derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público, la seguridad y la prevención de desastres en construcciones urbanas. El actor popular solicitó que se ordenara al establecimiento comercial la realización de los trámites administrativos y la construcción de una rampa de acceso adecuada para personas en silla de ruedas, conforme a las normas vigentes.
El juzgado de primera instancia negó inicialmente las pretensiones el 28 de septiembre de 2023. Sin embargo, en apelación, el Tribunal Superior revocó esta decisión el 28 de noviembre de 2024, amparando el derecho colectivo y ordenando al representante legal del establecimiento que realizara los estudios técnicos y construyera la rampa en un plazo de dos meses, además de prestar garantía bancaria para asegurar el cumplimiento.
Ante la falta de pruebas de cumplimiento, el juzgado de primera instancia aperturó un incidente de desacato en julio de 2025 y, finalmente, sancionó al representante legal...
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